José María Mollinedo y Carlos Cruzado.20MINUTOS
NOTICIA 03.05.2022 - 14:42H
¿Tengo que declarar las ganancias con criptomonedas? ¿Qué deducciones me puedo aplicar este año? ¿Cómo declaro el ingreso mínimo vital si he empezado a cobrarlo este año? Son muchas las dudas que los contribuyentes se plantean cada año, en primavera, cuando llega la hora de presentar la declaración del Ingreso de la Renta de las Personas Físicas.
20minutos ha organizado este martes un encuentro digital con Carlos Cruzado y José María Mollinedo, presidente y secretario general del sindicato de técnicos de Hacienda (Gestha), respectivamente, para responder las dudas de los lectores.
Pues hasta aquí hemos llegado con el encuentro digital con Carlos Cruzado y José María Mollinedo, presidente y secretario general del sindicato de técnicos de Hacienda (Gestha), respectivamente. Esperamos que vuestras dudas tributarias se hayan aclarado. Os recordamos que la Campaña de la Renta 2021 finaliza el 30 de junio. Muchas gracias por vuestra atención.
Pregunta de Carlos F. por correo electrónico. Trabajo para una empresa española donde estoy dado de alta con contrato indefinido y percibo un salario bruto anual. Además desde el año pasado me ha surgido la posibilidad de realizar una actividad fuera de mi empresa y de mi horario habitual. Para este fin me he dado de alta en actividades económicas, y he realizado correctamente todos los tramites trimestral y anualmente. He tenido unos ingresos de unos 9.000€ en este régimen de actividades económicas. ¿Cómo debo declarar esto, ya que son trabajos puntuales, pero entiendo que no son rendimientos del trabajo?
Respuesta de Carlos Cruzado. En su declaración de la renta deberá incluir, por un lado, los rendimientos del trabajo que percibe de su empresa y por otro lado los rendimientos de actividades económicas en el apartado correspondiente a los rendimientos derivados de actividades económicas.
Pregunta de Lidia por correo electrónico. Mi segunda vivienda la utiliza mi hijo y no le cobro nada, por supuesto; tenemos que cambiar su domicilio y me da cuatro supuestos: propiedad, alquiler, usufructo y otros, creo. ¿Cómo debemos poner el domicilio fiscal de mi hijo y yo qué situación debo poner a mi segunda vivienda?
Respuesta de Carlos Cruzado. El supuesto sería “otros” en la declaración de su hijo y en la suya tendría que incluir una imputación de renta, de manera que se aplicaría el 2% del valor catastral o el 1,1% si el valor ha sido revisado o modificado en los últimos diez años.
Pregunta de Raúl San Martín por correo electrónico. Me he comprado una segunda vivienda que pasará a ser la vivienda habitual. ¿Puedo deducir los gastos de esta compraventa?
Respuesta: No podrá deducir esos gastos en la deducción por inversión en vivienda, sin perjuicio de las Comunidades Autónomas que las mantienen para determinados colectivos, jóvenes, por situar el domicilio en lugares despoblados, por discapacidad, víctimas de terrorismo, etc...
Pregunta de Félix Rodríguez Arranz por correo electrónico. Un matrimonio que ha vivido durante el año 2021 unos meses en Madrid y otros en Candelaria (Tenerife), en los dos sitios en alquiler, si reúne los requisitos en las dos comunidades, ¿puede deducirse lo pagado en alquiler en las dos Comunidades? ¿Hay alguna particularidad a la hora de plasmarlo en la declaración? Muchas gracias.
Respuesta de Carlos Cruzado. Las deducciones de las comunidades autónomas se aplican en función del domicilio fiscal, de manera que solo nos podremos aplicar las deducciones correspondientes a la comunidad en la que tengamos nuestra residencia habitual.
Pregunta de Jesús Cantón por correo electrónico. Buenos días, el año pasado trabajé hasta mayo en Andalucía. A partir de junio me trasladaron a Melilla y fijé mi residencia habitual y fiscal allí, más de 184 días. Entonces, ¿puedo declarar todas las rentas desde enero a diciembre como residente en Melilla o sólo las obtenidas a partir del 1 de junio?
Respuesta de Carlos Cruzado. Si tiene su residencia fiscal en Melilla, tendrá que presentar allí su declaración. Ahora bien, la deducción por rentas obtenidas en Melilla solo la podrá aplicar sobre las que realmente ha percibido allí. O sea, las obtenidas a partir del 1 de junio.
Pregunta de Cristina por correo eléctrico. Me compré un piso con hipoteca y seguro de vida y de hogar. Tengo 51 años y vivo en la Comunidad Valenciana. Sé que a nivel estatal no tengo ningún beneficio fiscal, pero ¿por la comunidad tampoco? ¿Sólo he de poner la referencia catastral e indicar que es primera vivienda?
Respuesta de Carlos Cruzado. En la Comunidad Valenciana existen deducciones por adquisición de vivienda habitual para contribuyentes de edad igual o inferior a 35 años, por adquisición de vivienda habitual por personas con discapacidad y por cantidades destinadas a la adquisición de vivienda habitual procedentes de ayudas públicas. Fuera de esos casos no se puede aplicar ninguna otra deducción por adquisición de vivienda. En cuanto a los datos, son los datos identificativos y la referencia catastral.
Pregunta de Pete Gray por correo electrónico. La revalorización de la pensión que se cobra a mediados de enero y pertenece como ingreso del año anterior, ¿cómo la debemos declarar? ¿Como complementaria, sumar cantidades y declararlo todo en un mismo año?
Respuesta de José María Mollinedo: Corresponde al año en que se cobra, que es donde figura en el certificado de la pensión, en los datos fiscales y en el borrador.
Pregunta de Eva Pérez por correo electrónico. Tengo dudas para realizar la declaración del importe recibido como consecuencia del abono de la cláusula suelo. Ingresaron el importe el 31 de diciembre de 2021... ¿Qué años tengo que declarar? ¿2018, 2019, 2020 y 2021? ¿En qué casillas pongo el importe? En mi caso tengo que declararlo porque deduje el 15% por vivienda habitual.
Respuesta de José María Mollinedo. En primer lugar, no se integrará en la base imponible del IRPF la devolución, en efectivo o a través de otras medidas de compensación, de las cantidades previamente satisfechas a las entidades financieras en concepto de intereses por la aplicación de cláusulas de limitación de tipos de interés de préstamos (la denominada cláusula suelo), junto con sus correspondientes intereses indemnizatorios, derivadas tanto de acuerdos celebrados con las entidades financieras como del cumplimiento de sentencias o laudos arbitrales. Cuando tales cantidades hubieran formado parte, en ejercicios anteriores, de la base de la deducción por inversión en vivienda habitual o de deducciones establecidas por la Comunidad Autónoma, y si la devolución de estas cantidades se produce en efectivo el contribuyente pierde el derecho a las deducciones practicadas en relación con las mismas, debiendo sumar a la cuota líquida estatal y autonómica, devengada en el ejercicio en el que se hubiera celebrado el acuerdo con la entidad financiera o en el de la sentencia o el laudo arbitral, exclusivamente las cantidades indebidamente deducidas en ejercicios anteriores, sin inclusión de intereses de demora. Dicha regularización únicamente se realizará respecto de los ejercicios en que no hubiera prescrito el derecho de la Administración para determinar la deuda tributaria mediante la oportuna liquidación. En este caso desde 2008, con carácter general. Se completa en las casillas 0574 y 0577, marcando X en la casilla 0575.
Pregunta de Cristina por correo electrónico. Me compré un piso con hipoteca y seguro de vida y de hogar. Tengo 51 años y vivo en la Comunidad Valenciana. Sé que a nivel estatal no tengo ningún beneficio fiscal, pero ¿por la comunidad tampoco? ¿Sólo he de poner la referencia catastral e indicar que es primera vivienda?
Respuesta de Carlos Cruzado. En la Comunidad Valenciana existen deducciones por adquisición de vivienda habitual para contribuyentes de edad igual o inferior a 35 años, por adquisición de vivienda habitual por personas con discapacidad y por cantidades destinadas a la adquisición de vivienda habitual procedentes de ayudas públicas. Fuera de esos casos no se puede aplicar ninguna otra deducción por adquisición de vivienda. En cuanto a los datos, son los datos identificativos y la referencia catastral.
Pregunta de Carlos Alonso Casares por correo electrónico. Buenos días, según la página de Hacienda, los premios de Lotería y Apuestas del Estado menores a 40.000 euros no tributan, pero ¿hay que rellenar alguna casilla en el modelo?
Respuesta de Carlos Cruzado. En este caso, no hay que incluirlo en la declaración de la renta.
Pregunta de Eva Pérez por correo electrónico. Tengo dudas para realizar la declaración del importe recibido como consecuencia del abono de la cláusula suelo. Ingresaron el importe el 31 de diciembre de 2021... ¿Qué años tengo que declarar? ¿2018, 2019, 2020 y 2021? ¿En qué casillas pongo el importe? En mi caso tengo que declararlo porque deduje el 15% por vivienda habitual.
Respuesta de José María Mollinedo. En primer lugar, no se integrará en la base imponible del IRPF la devolución, en efectivo o a través de otras medidas de compensación, de las cantidades previamente satisfechas a las entidades financieras en concepto de intereses por la aplicación de cláusulas de limitación de tipos de interés de préstamos (la denominada cláusula suelo), junto con sus correspondientes intereses indemnizatorios, derivadas tanto de acuerdos celebrados con las entidades financieras como del cumplimiento de sentencias o laudos arbitrales. Cuando tales cantidades hubieran formado parte, en ejercicios anteriores, de la base de la deducción por inversión en vivienda habitual o de deducciones establecidas por la Comunidad Autónoma, y si la devolución de estas cantidades se produce en efectivo el contribuyente pierde el derecho a las deducciones practicadas en relación con las mismas, debiendo sumar a la cuota líquida estatal y autonómica, devengada en el ejercicio en el que se hubiera celebrado el acuerdo con la entidad financiera o en el de la sentencia o el laudo arbitral, exclusivamente las cantidades indebidamente deducidas en ejercicios anteriores, sin inclusión de intereses de demora. Dicha regularización únicamente se realizará respecto de los ejercicios en que no hubiera prescrito el derecho de la Administración para determinar la deuda tributaria mediante la oportuna liquidación. En este caso desde 2008, con carácter general. Se completa en las casillas 0574 y 0577, marcando X en la casilla 0575.
Pregunta de Juan Prob por correo electrónico. Mi padre falleció el pasado 28 de noviembre y al hacer su declaración de la renta y poner que los días que ha usado su vivienda son 332, me aparece un mensaje indicando que los herederos deben declarar por los días restantes, pero aún no se ha hecho el reparto de dicha herencia, ¿qué hay que hacer en este caso?
Respuesta de José María Mollinedo. En principio, como la aceptación de herencia y adjudicación de los bienes se producirá antes del 28 de junio, se deben atribuir esos días según la concreta adjudicación de los bienes inmuebles. Si esta herencia fuese litigiosa o por cualquier circunstancia se pospusiera la adjudicación, los bienes se atribuirán a los herederos según la proporción que determine el testamento, o a falta del mismo, por partes iguales entre los herederos. Una vez que se produzca la adjudicación, corresponderá a cada heredero según la misma. En caso de que no existan personas integrantes de la herencia yacente, la atribución de las rentas generadas por la misma, a efectos de su tributación en este impuesto, permanecerá pendiente.
Pregunta de Pilar Cortés por correo electrónico. ¿Me puedo desgravar por haber hecho reforma en casa? ¿Qué documentación tendría que aportar?
Respuesta de Carlos Cruzado. Si las obras se han realizado desde el 6 de octubre de 2021 y como consecuencia de las mismas se ha reducido en al menos un 7% la demanda de calefacción y refrigeración o se ha reducido en al menos un 30% el indicador de consumo de energía primaria no renovable, o bien se consiga una mejora de la calificación energética de vivienda para obtener una clase energética A o B sí es posible aplicar esa deducción. En cuanto a la documentación que hay que aportar, serían certificados de deficiencia energética expedidos antes y después de las obras.
Pregunta de Encarnación Sánchez Escalera por correo electrónico. En la Comunidad de Madrid, ¿qué desgrava en la compra de una vivienda no habitual, sin hipoteca?
Respuesta de Carlos Cruzado. En la Comunidad de Madrid no se contempla ninguna deducción por adquisición de vivienda habitual o no.
Pregunta de Félix Pastor Ramos por correo electrónico. Una contribuyente que tiene rendimientos del trabajo por debajo de 22000 euros y que ha recibido durante 2021 la cantidad de 1200 euros como Adelanto por Deducción por Maternidad y también tiene deducción por Guardería de 425 euros, ¿tiene obligación de Declarar?
Respuesta de José María Mollinedo. A diferencia de la deducción general por maternidad, los contribuyentes con derecho a la aplicación del incremento adicional por gastos de custodia no pueden solicitar a la Agencia Estatal de Administración Tributaria su abono de forma anticipada, sino que deberán solicitar el incremento que corresponda directamente en la declaración de la Renta. Existen también deducciones en determinadas CCAA, por lo que debe revisar sus específicas condiciones y requisitos en su Comunidad de residencia.
Pregunta de Ignacio por correo electrónico. Con respecto a Rentas derivadas de los inmuebles arrendados, cuando la propiedad de un inmueble recae entre dos contribuyentes al 50% (declarante y cónyuge), ¿los ingresos, gastos, tributos, valor catastral, precio de compra, etc, asociados a esta actividad para cada uno de los contribuyentes en la declaración individual se deben dividir, en este caso, por dos? ¿O es la propia aplicación la que realiza esta transformación -es decir, la división de todos los conceptos por dos- y la traslada directamente al cónyuge?
Respuesta de José María Mollinedo. En los supuestos en que la titularidad corresponda a varias personas, los rendimientos correspondientes al bien inmueble o derecho de que se trate, se considerarán obtenidos por cada una de ellas en proporción a su participación en dicha titularidad. Por consiguiente, cada uno de los cotitulares deberá declarar como rendimiento la cantidad que resulte de aplicar al rendimiento total producido por el inmueble o derecho el porcentaje que represente su participación en la titularidad del mismo. En caso de matrimonio, los rendimientos procedentes de los bienes y derechos que, de acuerdo con las disposiciones reguladoras del régimen económico del matrimonio, sean comunes a ambos cónyuges, corresponderán por mitad a cada uno de ellos (salvo que se justifique otra cuota distinta de participación). Los rendimientos procedentes de bienes o derechos que, de acuerdo con las mismas normas, sean de titularidad privativa de uno cualquiera de los cónyuges, corresponderán íntegramente a éste.
Pregunta de Jesús Rodríguez por correo electrónico. El hecho de vivir una parte del año en una segunda residencia, ¿influye en el resultado final de la declaración de la renta? En el borrador me aparece que la segunda residencia es el domicilio habitual durante 365 días, cuando eso no es así, ya que una parte del año vivo en otra vivienda. Si modifico este apartado, ¿me podría salir una cantidad menor que la que tengo que pagar?
Respuesta de Carlos Cruzado: En el caso de vivir o residir en dos viviendas distintas durante el año se considera que el domicilio habitual es en el que has pasado más parte del año.
Pregunta de Luis Romera por correo electrónico. Mi padre falleció el pasado día 21. No sabemos cómo tenemos que hacer con la declaración. Él siempre presentaba el borrador con su certificado electrónico. Sus hijos disponemos de poderes notariales en su nombre para cualquier trámite administrativo o legal. ¿Podemos presentar sus hijos la declaración usando su certificado electrónico? Si no es así, ¿cómo podemos presentarla? ¿Tenemos que modificar algún dato o como es del año pasado no hace falta?
Respuesta de Carlos Cruzado. Los herederos no pueden utilizar el certificado electrónico ni tampoco la clave pin de la persona fallecida. Ambos quedan inhabilitados con el fallecimiento. Por tanto, la forma de presentarla será obteniendo el número de referencia del causante. En cuanto a la modificación del borrador, habrá que comprobar que todos los datos y las posibles bonificaciones así como los ingresos imputados están correctamente reflejados. No hay que modificar nada en relación con la fecha de devengo puesto que al haber fallecido este año el pasado año es completo.
Pregunta de Alicia Calvet por correo electrónico. Hemos puesto paneles solares y hemos comprado un coche 100% eléctrico, puedo aplicarme alguna deducción en el Impuesto sobre la Renta? ¿Qué documentos debo acreditar?
Respuesta de José María Mollinedo. La Deducción por obras de mejora que reduzcan el consumo de energía primaria no renovable se aplica a las cantidades satisfechas desde el 6 de octubre de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2022 por obras realizadas durante dicho periodo que reduzca en al menos un 30% el indicador de consumo de energía primaria no renovable, o bien se consiga una mejora de la calificación energética de la vivienda para obtener una clase energética «A» o «B», en la escala de calificación del consumo energético. Cumpliendo las condiciones y requisitos, la deducción se practicará en el período impositivo en el que se expida el certificado de eficiencia energética emitido después de la realización de las obras y antes de 1 de enero de 2023. En cuanto a la deducción por compra de vehículo eléctrico, deberá verificar si la CCAA donde reside la tiene aprobada, y verificar si cumple los requisitos para ella. Por otra parte, si ha percibido una ayuda pública para su adquisición, no olvide anotar en su declaración el importe subvencionado como ganancia patrimonial que no deriva de una transmisión.
Pregunta de José María Fernández Fernández por correo electrónico. Mi padre de 83 años tiene reconocida una situación de dependencia de más del 70% por la comunidad de Madrid. Pero en la práctica lo estamos ayudando entre la familia sin necesidad de llamar a ningún servicio externo. No tenemos ningún papel que declare discapacidad, solo dependencia. Al principio de la renta piden poner el grado de discapacidad. ¿Eso es lo mismo que dependencia? Tuve que comprar una cama adaptada y una silla de ruedas. ¿Se pueden desgravar esos gastos? ¿Dónde se ponen?
Respuesta de José María Mollinedo. La discapacidad se refiere a los límites de las personas para realizar algunas actividades. La dependencia tiene que ver con la falta de autonomía de las personas que no pueden valerse por sí mismas en la vida diaria. Podrá aplicar el Mínimo por ascendientes, en este caso, mayor de 75 años, siempre que convivan con el contribuyente, al menos, la mitad del período impositivo. o dependiendo del mismo, sean internados en centros especializados. En este caso, no es posible esa consideración. Convendría que solicitaran el reconocimiento de la discapacidad de su padre.
Pregunta de Juandy de Jerez por correo electrónico. Tengo 38 años y vivo desde agosto en la provincia de Salamanca de alquiler. De acuerdo al borrador de la renta, no estoy obligado a realizar la renta ya que no alcanzo el mínimo para hacerla, además me sale cerca de unos 20€ a pagar. Pero tengo la duda de añadir el alquiler, que son unos 400 euros el mes, por si tengo alguna bonificación. ¿Podéis confirmármelo?
Respuesta de Carlos Cruzado. En la Comunidad de Castilla y León hay una deducción por alquiler de vivienda para jóvenes, pero uno de los requisitos es tener menos de 36 años, por lo que, al tener 38, no sería de aplicación.
Pregunta de María por correo electrónico. Soy una jubilada de 77 años que vendí mi vivienda habitual el año pasado y, aunque sé que está exenta la ganancia, no soy capaz de encontrar dónde declararla (casilla). ¿Me podéis ayudar?
Respuesta de Carlos Cruzado. Al tener más de 65 años, la ganancia patrimonial que se pueda producir como consecuencia de la venta de la vivienda habitual está exenta y por tanto no es necesario reflejarla en la declaración de la renta.
Pregunta de Estrella Del Universo por correo electrónico. Estoy jubilada y tengo que declarar una herencia, ¿dónde tengo que marcar la cantidad recibida en la renta que hago online?
Respuesta de José María Mollinero. Las herencias se declaran en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones de la Comunidad Autónoma donde la persona fallecida tuviera su residencia habitual a la fecha de su muerte. Si en la herencia se incluyen inmuebles, cuentas bancarias, participaciones en fondos de inversión, acciones o valores, las rentas que generen o la imputación de rendimientos se declaran por los herederos desde el día siguiente a la fecha del fallecimiento. No obstante, lo anterior, cuando no se hubiera satisfecho la totalidad o parte de una renta por encontrarse pendiente de resolución judicial la determinación del derecho a su percepción o su cuantía (no la mera falta de pago), los importes no satisfechos se imputarán al período impositivo en que la sentencia judicial adquiera firmeza, aunque no se hayan cobrado en dicho ejercicio.
Pregunta de Dani Delgado por correo electrónico. El año pasado estuve en ERTE. Los meses de noviembre y diciembre de 2021, el SEPE no los pagó a tiempo. Tras varias reclamaciones, van a pagarlo en mayo de 2022. En el borrador dichos ingresos de noviembre y diciembre de 2021 no están incluidos. ¿Debo meterlos yo manualmente o al ser pagado en mayo de 2022 se deja para la declaración del año que viene?
Respuesta de José María Mollinedo. Si está conforme con los ingresos realizados en 2022, podrá incluirlos en su declaración de Renta 2021, modificando el borrador.
Pregunta de Juan Carlos Gallego por correo electrónico. Soy laboral de la AGE, he recibido atrasos por 2000 euros del año 19 y 20. ¿Tengo que hacer declaración complementaria por esta cantidad?
Respuesta de Carlos Cruzado. De acuerdo con la ley del impuesto, cuando por circunstancias justificadas no imputables al contribuyente los rendimientos derivados del trabajo se perciban en periodos impositivos distintos a aquellos en que fueron exigibles se imputarán a estos practicándose en su caso autoliquidación complementaria sin sanción ni intereses de demora ni recargo alguno.
Pregunta de Juanjo por correo electrónico. Los gastos de cancelación de una hipoteca (Notaría y Registro de la Propiedad), sin ser de novación, subrogación o sustitución de un préstamo por otro, ¿se pueden incluir en la base de la deducción por inversión en vivienda habitual?
Respuesta de Carlos Cruzado. Los gastos de cancelación de una hipoteca sí se pueden incluir en la base de la deducción por inversión de vivienda habitual siempre y cuando esta deducción la viniera disfrutando antes del 1 de enero de 2013 y cumpla el resto de requisitos.
Pregunta de Rafa Sánchez por correo electrónico. He confirmado una declaración conjunta y a continuación me interesaba hacerla individual y también la he confirmado. ¿Es válida la última grabación?
Respuesta de José María Mollinedo. Una vez ejercitada la opción por la tributación conjunta, sólo podrá modificarse dentro del plazo reglamentario de presentación de declaraciones. En ese caso, todos los miembros de la unidad familiar tienen que hacer la declaración individual. Si realmente presentó dos declaraciones, los servicios de gestión anularán la que se presentó en primer lugar.
Pregunta de Pedro Caballero por correo electrónico. Me han instalado placas solares en una parcela que no es vivienda habitual. ¿Me puedo deducir algo en la declaración de la renta y si es así que documentación necesito?
Respuesta de José María Mollinedo. La Deducción en este caso se aplica a las cantidades satisfechas desde el 6 de octubre de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2022 por obras realizadas durante dicho periodo que reduzca en al menos un 30% el indicador de consumo de energía primaria no renovable, o bien se consiga una mejora de la calificación energética de la vivienda para obtener una clase energética A o B, en la escala de calificación del consumo energético. Cumpliendo las condiciones y requisitos, la deducción se practicará en el período impositivo en el que se expida el certificado de eficiencia energética emitido después de la realización de las obras y antes de 1 de enero de 2023.
Pregunta de Gregorio Manzanares por correo electrónico. ¿Hay que declarar en la renta la devolución de gastos hipotecarios que condenan al banco a devolverme? ¿Cuál será la casilla a rellenar?
Respuesta de Carlos Cruzado. La devolución de los gastos de la hipoteca no hay que declararla dado que no supone un rendimiento o ganancia para el contribuyente. De esta manera, no habrá que integrar en la declaración las cantidades percibidas por este concepto.
Pregunta de Jorge H. Vega por correo electrónico. Un familiar vendió un coche en diciembre de 2021 por 8000 y lo compró por 16000 hace 5 años. ¿Hay que declarar algo en la renta si no he ganado nada con la transacción?
Respuesta de Carlos Cruzado. Si su familiar no ha obtenido una ganancia patrimonial no tiene que declarar nada, aunque haya tenido una pérdida, esa pérdida, como es debido al uso del vehículo, no tiene por qué declararla.
Buenas tardes. Comenzamos a partir de este momento un encuentro digital con los lectores de 20minutos, que ya pueden preguntar sus dudas sobre la Renta a Carlos Cruzado y José María Mollinedo, presidente y secretario general del sindicato de técnicos de Hacienda (Gestha), respectivamente.
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