Quedan pocos días para que acabe el año (fiscal) para los contribuyentes y todavía hay tiempo de tomar medidas para reducir la factura de la declaración de la renta de 2025. El sindicato de técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha), como cada año, hace una serie de recomendaciones para aprovechar las últimas semanas a fin de acceder a ahorros adicionales, como media, de 3.370 euros en la declaración de la renta que debemos presentar en 2026.
Como cada año, la ley tributaria presenta novedades. De ahí el interés que los contribuyentes tienen de comprobar cómo les afectarán esos cambios. Gestha recuerda que la primera novedad en la Renta de 2025, a presentar en 2026, es que por primera vez en la historia de la Agencia Tributaria, los solicitantes y beneficiarios de prestaciones por desempleo deberán presentar la declaración del IRPF.
Para todos los contribuyentes se mantiene la reducción del incentivo de planes de pensiones individuales, si bien se incrementan los planes de previsión empresarial, según recuerda los técnicos de Hacienda en un comunicado, que concretan que continúa en 1.500 euros la aportación máxima al plan de pensiones individuales, aunque con la posibilidad de elevar las aportaciones hasta en 8.500 euros más por aportaciones a planes de pensiones empresariales.
Las mayores ventajas fiscales para los contribuyentes con más ingresos
Lo que para los técnicos de Hacienda parece claro es que las mayores ventajas fiscales se concentran en los contribuyentes con mayores ingresos y patrimonios. Así, mientras que los contribuyentes con más de 600.000 euros al año de ingresos podrán maximizar las ventajas fiscales adicionalmente en 90.777 euros. Esta cantidad contrasta con los contribuyentes con unos ingresos anuales inferiores a 21.000 euros, que tendrán un aumento de sus ventajas fiscales de hasta 1.806 euros. Y aquellos contribuyentes cuyos ingresos sean inferiores de la escala tributaria, prácticamente no tendrán posibilidades de aplicar ninguna deducción.
En este sentido, Gestha pone como ejemplo lo ocurrido en la declaración de la renta correspondiente a 2023 (la que se tuvo que presentar el año pasado): los contribuyentes que declararon unos ingresos de 60.000 euros fueron el 5,6% del total, si bien, acumularon el 22,2% de las deducciones en cuota y se ahorraron 848,5 millones.
En contrapartida, los contribuyentes con menores rentas suelen aprovechar las deducciones autonómicas al alquiler o la estatal transitoria, siempre y cuando el contrato del alquiler sea anterior a 2015. Sin embargo, estas deducciones no se aplican ante la ausencia o la baja cuantía de las retenciones.
La AEAT tendrá información de las operaciones con Bizum y tarjetas
Otra de las cuestiones a tener en cuenta en 2026 según los técnicos de Hacienda es que la Agencia Tributaria (AEAT) dispondrá a partir del 1 de enero del próximo año de la información mensual suministrada por las entidades de pago o de dinero electrónico, incluidas las entidades extranjeras que prestan servicios en España, de los pagos a empresarios y profesionales residentes adheridos a sistemas de gestión de cobros con cualquier tipo de tarjetas, incluidos los sistemas de cobro asociados a un número de teléfono móvil, como Bizum.
En el terreno práctico, Hacienda suprime el umbral anual neto de 3.000 euros en este tipo de cobros. Este umbral se mantiene solo para las cuentas que se facilitará en la última declaración mensual de cada año.
Para el año que viene, además, se incluye por primera vez la obligación informativa anual de las operaciones realizadas con todo tipo de tarjetas, con la que se obtendrá la información del importe anual de los abonos, cargos, recargas o retiradas en efectivo y operaciones de gasto en establecimientos, salvo que los cargos y abonos en el año no superen los 25.000 euros.
Hacienda prorrogará las deducciones por compra de vehículo eléctrico
El pasado día 3 de este mes de diciembre, el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, presentó el Plan España Auto 2030 (que incluye el Plan Auto+ con 400 millones de euros en 2026 para ayudas directas a la compra de vehículos eléctricos puros e híbridos enchufables, entre otras ayudas para puntos de recarga en las carreteras y al sector). Dicho plan incluye la posible prórroga de las deducciones vigentes.
La novedad en esta ocasión es que estas ayudas serán gestionadas por el Gobierno central, en lugar de por las comunidades autónomas. Con este cambio se pretende garantizar una mayor rapidez en la gestión y en los pagos.
No obstante, el Gobierno tiene que confirmar esta prórroga para 2026 de estas deducciones fiscales, por lo que hasta la fecha, se podrán deducir el 15% del valor de compra si se ha comprado un vehículo eléctrico nuevo (turismos o motos) antes del 31 de diciembre de 2025, o bien si se realiza una entrega a cuenta mínima del 25% del valor de adquisición también antes de dicha fecha. En este último caso, el pago restante de la compra se debe realizar antes del final del segundo año posterior al del pago a cuenta, antes de 31 de diciembre de 2027.
Otra desgravación que se puede hacer es deducir el 15% de la inversión de la instalación de un punto de recarga para vehículos eléctricos en un inmueble de su propiedad, realizada igualmente entre el 30 de junio de 2023 y el 31 de diciembre de 2025. No se permite que esta desgravación afecte a una actividad económica y no puede pagarse en metálico. La deducción se practica en el año en que finaliza la instalación y la base máxima es de 4.000 euros, descontadas las ayudas públicas.
La inversión en eficiencia energética en viviendas también se puede deducir
Los técnicos de Hacienda también recuerdan que de las tres deducciones, vigentes desde el 6 de octubre de 2021, con carácter temporal de 2021 a 2024, para obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas, se mantiene este año una de ellas. Se trata de la deducción por obras de rehabilitación energética de edificios de uso predominante residencial.
Esta deducción se aplica un año más que las anteriores, de 2021 a 2025, y es la mayor de todas, con una deducción del 60% sobre 5.000 euros anuales, hasta un máximo total de 15.000 euros acumulados que se pueden deducir en los cuatro ejercicios siguientes. Debe tratarse de obras de mejora de la eficiencia energética del edificio que reduzcan un 30% el consumo de energía primaria no renovable o mejore la calificación energética a una clase energética ‘A’ o ‘B’. Las obras no se pueden pagar en efectivo.
Para poder acceder a estas deducciones en Gestha recuerdan que hay que obtener el certificado de eficiencia energética tras la finalización de las obras antes del 1 de enero de 2026.
Deducción por arrendamiento de vivienda
También relacionado con la vivienda, desde 1 de enero de 2024, se modifica la actual reducción del 60% sobre el rendimiento neto positivo declarado por el arrendador que alquila una vivienda con carácter permanente. Será del 90% si se firma un nuevo contrato por el mismo arrendador en zonas de mercado residencial tensionado, con una reducción de la renta de al menos el 5% respecto al contrato anterior.
La deducción será del 70% cuando, no cumpliéndose los requisitos del punto anterior, se alquile una vivienda nueva en zonas de mercado residencial tensionado a jóvenes de 18 a 35 años, se trate de vivienda asequible o protegida arrendada a entidades sin fines de lucro, o se alquile bajo programas públicos que limiten la renta.
Se aplicará un 60% cuando, no cumpliéndose los requisitos de los puntos anteriores, la vivienda haya sido rehabilitada en los dos años previos a la firma del contrato y un 50% en cualquier otro caso.
1.000 euros adicionales de deducción por guardería
Por último, Gestha recuerda que las madres trabajadoras con hijos menores de tres años pueden aumentar la deducción por materndiad en 1.000 euros adicionales por gastos de guarderías de cada hijo, estén matriculados en centros de educación infantil autorizados por la Administración educativa, o en guarderías autorizadas para su apertura y funcionamiento.
Los técnicos de Hacienda también recuerdan que las madres trabajadoras se pueden beneficiar de esta deducción de 1.200 euros anuales por cada hijo menor de tres años con derecho a aplicar el mínimo por descendientes, o durante los tres años siguientes a la adopción o acogimiento preadoptivo o permanente.
Lo único que se debe tener en cuenta es que esta deducción no es compatible con el complemento de ayuda para la infancia de la Ley del ingreso mínimo vital si durante dichos meses, alguno de los progenitores lo percibe por ese menor. Aunque esta incompatibilidad tiene una excepción transitoria si se tuvo derecho a la deducción por maternidad y al complemento de ayuda para la infancia antes del 1 de enero de 2023.



