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Actualidad Gestha

30-06-2023

¿Qué pasa si no presento la declaración de Renta antes de que acabe el plazo?

El contribuyente se enfrenta a multas que dependen de si la Agencia Tributaria envía o no un requerimiento

¿Hasta cuándo puede devolverme Hacienda el dinero de la Declaración de la Renta?

VIRGINIA LÓPEZ ESPLÁ  30/06/2023 a las 10:18h.

 

Este viernes 30 de junio acaba el plazo para presentar la declaración de la Renta. Aquellos que no lo hayan hecho tienen este viernes una última oportunidad de presentar el borrador, aunque sólo podrán hacerlo por Internet ya que se ha cerrado el plazo para pedir cita para efectuar la declaración por teléfono o presencial.

Deben presentar la declaración de la Renta todas aquellas personas que, con un pagador, hayan ingresado durante el ejercicio 2022, al menos, 22.000 euros o, teniendo dos pagadores, llegar a un mínimo de 14.000.

Para todos estos contribuyentes, presentar la declaración es una obligación. De no cumplirla se enfrentan a una multa. Los criterios para imponer estas sanciones dependen de si es el contribuyente quien se ha dado cuenta de que no ha presentado la declaración y la ejecuta voluntariamente fuera de plazo o si es Hacienda quien avisa. No obstante, la sanción se aplicará de igual manera sea por un error involuntario o por una acción premeditada.

Las sanciones por presentar la declaración fuera de plazo

Si la declaración sale a pagar y Hacienda no hace ningún requerimiento, el contribuyente se enfrentará a unos recargos de un 1% más otro 1% por cada mes de retraso.

El plazo acaba el 30 de junio, por lo que en caso de presentarla en julio será de un 1%, en caso de hacerlo en agosto (dos meses más tarde) de un 2%... y así sucesivamente. A partir del año de retraso, el recargo es del 15% más los intereses de demora que se generen a partir de ese año.

En caso de que la declaración salga a pagar y Hacienda la que avise, la Agencia Tributaria envía un requerimiento y liquida una carta de pago con intereses de demora «desde el 30 de junio de 2023 al 4,06% intereses más expediente sancionador», como explicó a este diario Antonio Paredes, experto Tributario de Gestha al inicio de la campaña para efectuar la declaración.

Deben presentar la declaración de la Renta todas aquellas personas que, con un pagador, hayan ingresado durante el ejercicio 2022, al menos, 22.000 euros o, teniendo dos pagadores, llegar a un mínimo de 14.000.

Para todos estos contribuyentes, presentar la declaración es una obligación. De no cumplirla se enfrentan a una multa. Los criterios para imponer estas sanciones dependen de si es el contribuyente quien se ha dado cuenta de que no ha presentado la declaración y la ejecuta voluntariamente fuera de plazo o si es Hacienda quien avisa. No obstante, la sanción se aplicará de igual manera sea por un error involuntario o por una acción premeditada.

Las sanciones por presentar la declaración fuera de plazo

Si la declaración sale a pagar y Hacienda no hace ningún requerimiento, el contribuyente se enfrentará a unos recargos de un 1% más otro 1% por cada mes de retraso.

El plazo acaba el 30 de junio, por lo que en caso de presentarla en julio será de un 1%, en caso de hacerlo en agosto (dos meses más tarde) de un 2%... y así sucesivamente. A partir del año de retraso, el recargo es del 15% más los intereses de demora que se generen a partir de ese año.

En caso de que la declaración salga a pagar y Hacienda la que avise, la Agencia Tributaria envía un requerimiento y liquida una carta de pago con intereses de demora «desde el 30 de junio de 2023 al 4,06% intereses más expediente sancionador», como explicó a este diario Antonio Paredes, experto Tributario de Gestha al inicio de la campaña para efectuar la declaración.

Además, como indican desde Legálitas, Hacienda puede enviar una liquidación provisional con una sanción de entre el 50% y el 150% de lo dejado de pagar, además de devolver lo que no has pagado antes.

Si lo que ocurre es que Hacienda detecta que se está evitando hacer la declaración para eludir el pago ya se entiende como un delito. En este caso, si el resultado de la declaración es superior a 120.000 euros el contribuyente se enfrenta a una pena de prisión de uno a cinco años y multa del tanto al séxtuplo de la cuantía defraudada, salvo que hubiera regularizado su situación tributaria

https://www.abc.es/economia/declaracion-renta/pasa-presentado-declaracion-renta-acabe-plazo-20230630150702-nt.html

 

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