La ministra de Hacienda y Función Pública, María Jesús Montero durante la rueda de prensa ofrecida tras la reunión del Consejo de Ministros en el Palacio de la Moncloa. EFE/ Ballesteros
6 abril 2022 a las 04:55
La Campaña de la Renta de este año, que arranca este miércoles 6 de abril para liquidar los ingresos obtenidos en 2021 hasta el 30 de junio, apunta a que será la que consiga los mayores ingresos desde que existe la declaración del IRPF en España debido a la mayor recaudación prevista por las subidas de impuestos aprobadas por el Gobierno a rentas altas y el efecto de la mayor retención por la vuelta a la actividad de trabajadores acogidos a un ERTE.
El director general de la Agencia Tributaria, Jesús Gascón, y la directora del departamento de Gestión, Rosa Prieto, serán los encargados de presentar la Campaña de IRPF 2021, correspondiente al ejercicio fiscal 2020, pero fuentes gubernamentales señalan a Economía Digital que se prevé que se pueda lograr también este año un nuevo récord de ingresos en la Campaña de IRPF.
Entre otros factores se encontrarían el impacto de los cambios impositivos, la salida de trabajadores en los ERTE y, en menor medida, el efecto en la recaudación de la mayor inflación que empezó a registrarse el verano pasado, toda vez que en la anterior campaña las declaraciones de IRPF con resultado a pagar al fisco batieron récord por los ERTE.
Y es que con la campaña de 2021, referida al ejercicio 2020 marcado por la pandemia, la Agencia Tributario un número mayor de declaraciones (+2,9%), superando la cifra de 21.725.000, de las cuales más de 14.187.000 (-2%) fueron con solicitud de devolución (el 65% del total), por importe de 10.508 millones (-6,1%). A su vez, 6.059.000 dieron un resultado a ingresar (+7,4%), la mayor cifra de la historia, aunque el importe fue de 12.089 millones de euros, un 5% menos.
Tal y como recuerdan desde el Sindicato de Técnicos de Hacienda (Gestha) a Economía Digital, para la nueva campaña se contempla el aumento de dos puntos del tipo estatal del IRPF que grava la base liquidable general de más de 300.000 euros, alcanzando un tipo marginal entre el 45,5% y el 54% según la CCAA de residencia, y tres puntos para las rentas de capital de más de 200.000 euros, hasta el 26%.
Esto no afectará a un número elevado de contribuyentes, ya que el Ministerio de Hacienda prevé unos 36.000 contribuyentes afectados, con una recaudación prevista de 491,4 millones, pero sumará a los ingresos, así como el alza a los patrimonios de más de 10 millones de euros, hasta un tipo del 3,5%. Además, la reducción de las desgravaciones de planes de pensiones privados individuales a 2.000 euros como aportación máxima se estima que aportará una recaudación de 580 millones en 2022.
Los técnicos de Hacienda también señalan que la importante reducción del número de trabajadores en ERTE durante 2021, ha aumentado la retribución y la retención respecto a 2020. A todo ello se suma las mayores tasas de inflación que se vienen registrando desde mediados del año pasado que también repercutirían en una mayor recaudación.
Asimismo, en el Impuesto de Sociedades se incluyó una reducción de la exención fiscal del 100% al 95% por las plusvalías y dividendos generados por las filiales de grandes empresas situadas en el extranjero. También se eximió hasta 2024 a las pymes que facturen menos de 40 millones de euros anuales, que podrán seguir aplicándose la exención del 100% para corregir las brechas de tributación.
El calendario del contribuyente refleja las fechas clave de la campaña de este año. El miércoles 6 de abril arranca la campaña para la presentación por Internet de las declaraciones de Renta y Patrimonio 2021 (ya se ha habilitado el simulador ‘Renta Web Open 2021’, mientras que los contribuyentes que deseen realizar la declaración de Renta por teléfono a través del ya habitual programa ‘Le Llamamos’ pueden solicitar cita previa desde el 3 de mayo y hacer el borrador desde el jueves 5 de mayo.
Aquellos que opten por la presentación presencial en las oficinas de la AEAT de la declaración anual de Renta 2021 podrán solicitar cita desde el jueves 26 de mayo y acudir a las oficinas a partir del miércoles 1 de junio, aproximadamente medio mes más tarde de la fecha en que solía iniciarse habitualmente antes de la pandemia.
En las dos campañas anteriores la Agencia Tributaria (de 2021 y 2020 referidas a los ejercicios fiscales 2020 y 2019, respectivamente) tuvo que suspenderse y aplazarse la atención presencial en las oficinas para evitar la expansión de la pandemia.
El plazo de la Campaña de 2021 finalizará el jueves 30 de junio en general, si bien concluirá con anterioridad, el 27 de junio, en los casos de declaraciones con resultado a ingresar con domiciliación en cuenta. Además, aquellos que elijan el fraccionamiento del pago de la declaración tendrán que realizar el segundo abono como tarde el lunes 8 de noviembre, por lo que dispondrán de cuatro meses más para cumplir con sus obligaciones con el Fisco.
Con todo, cada año la AEAT va reforzando la capacidad informática de la web para evitar que se colapse en los primeros días de afluencia masiva y descargando el borrador. No obstante, los técnicos de Hacienda recomiendan evitar la presentación de las declaraciones los primeros días para dedicar un tiempo a revisar el borrador y corregirlo con nuevas reducciones o deducciones no incluidas que mejorarían la declaración, y simultáneamente evitarían quedar atrapados en estos eventuales colapsos.
Esta campaña se contemplan deducciones para «impulsar la rehabilitación edificatoria» de un 20%, con un máximo de 5.000 euros, en obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas, siempre que las obras realizadas, hasta el 31 de diciembre de 2022, contribuyan a una reducción de al menos un 7% en la demanda de calefacción y refrigeración.
La segunda deducción, por obras que contribuyan a la mejora de la eficiencia energética de la vivienda habitual o arrendada para su uso como vivienda, permite una deducción de hasta un 40% de las cantidades satisfechas por las obras realizadas en el mismo plazo temporal que la deducción anterior, hasta un máximo de 7.500 euros anuales, siempre que las obras realizadas contribuyan a una reducción de al menos un 30% del consumo de energía primaria no renovable.
La tercera deducción es por obras de rehabilitación que mejoren la eficiencia energética en edificios de uso predominante residencial, hasta el 31 de diciembre de 2023, cuando se acredite a través de certificado de eficiencia energética una reducción del consumo de energía primaria no renovable de un 30% como mínimo o mejora de la calificación energética del edificio para obtener una clase «A» o «B». El contribuyente titular de la vivienda podrá deducirse hasta un 60% de ls cantidades satisfechas, hasta un máximo de 15.000 euros.
Quedan exentas las ayudas excepcionales concedidas en los supuestos de fallecimiento y de incapacidad absoluta permanente causados por la borrasca ‘Filomena’ y las ayudas concedidas por daños personales provocados por la erupción del volcán de Cumbre Vieja en la isla de la Palma.
El Fisco ha puesto el foco también sobre las inversiones en criptomonedas para evitar la evasión y el fraude fiscal, por lo que ha introducido un apartado para identificar los saldos de monedas virtuales, que hasta ahora debían incluirse en el apartado genérico de ‘Demás bienes y derechos de contenido económico’.
Con carácter general, los contribuyentes tienen que presentar declaración por IRPF cuando sus rendimientos del trabajo superan los 22.000 euros de un solo pagador, pero si cuentan con dos o más pagadores (como sería el caso de un empleador y del SEPE), ese límite se reduce a 14.000 euros si el importe percibido por el segundo y restantes pagadores supera los 1.500 euros anuales.
Ambos límites siguen siendo válidos para no declarar si el contribuyente cuenta, en su lugar, o además, con determinados rendimientos íntegros, como dividendos, intereses y ganancias patrimoniales sometidos a retención con un tope conjunto de 1.600 euros, así como rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos íntegros del capital mobiliario no sujetos a retención derivados de letras del Tesoro y subvenciones para la adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado, y demás ganancias patrimoniales derivadas de ayudas públicas, con el límite conjunto de 1.000 euros.
Tampoco estarán obligados los contribuyentes que cuenten con rendimientos del trabajo, capital y actividades económicas, así como ganancias patrimoniales (subvenciones, premios y otras), con el límite conjunto de 1.000 euros, junto con pérdidas patrimoniales inferiores a 500 euros.
El SEPE no tiene obligación de retener cuando las cuantías que ha abonado durante el año no superan los 14.000 euros, si bien el contribuyente puede solicitar en su momento que se le retenga o se le aplique un porcentaje mayor de retención. Aquellos contribuyentes con dos pagadores no abonarán más impuestos que los de un solo pagador.
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