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15-01-2024

Desde la rebaja del IVA del aceite hasta las deducciones por la vivienda: Las novedades tributarias que trae 2024

La prórroga de la rebaja al 0% del IVA de los alimentos básicos y las reducciones para propietarios son algunas medidas de este año

Madrid 14 de enero del 2024 a las 06:50. Actualizada 15 de enero del 2024 a las 07:35

Año nuevo, impuestos nuevos, ampliados o ligeramente modificados. Las novedades en materia fiscal que entrarán en vigor en 2024 se encuentran en el llamado decreto ómnibus, recién aprobado en la sesión plenaria de este miércoles. ‘activos’ ha elaborado junto al Sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) esta guía fiscal con los principales impuestos de 2024. 

 

1. IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO (IVA) 

El Gobierno ha prorrogado la rebaja al 0% del IVA de alimentos básicos, el aceite baja al 0% y el de harinas y pastas al 5% con efecto desde el 1 de enero de 2024. Se recupera el tipo del 10% para la luz durante este primer año y el del gas subirá el 10% hasta el 31 de marzo. Además, se mantiene el tipo del 10% hasta el 30 de junio de los pélets, la leña y otros combustibles de biomasa, y se prorroga el régimen especial de agricultura y pesca, vigente desde la reforma fiscal de 2014.

2. IMPUESTO DE SOCIEDADES

Una medida de 2023 pero que afecta a la declaración del ejercicio actual es el impuesto del 23% para sociedades con ventas por debajo del millón de euros. Se añade la libertad de amortización de las inversiones que utilicen energía renovable. Los requisitos son que las instalaciones se dediquen a autoconsumo de energía eléctrica, que entren en funcionamiento en 2024 y que se amorticen a partir de ese año. También hay libertad de amortización hasta 500.000 euros para estas instalaciones, aunque la inversión supere esta cuantía.

Como novedad, entra en vigor la amortización acelerada de inversiones dirigidas a instalar sistemas de recarga eléctrica. El coeficiente máximo de amortización se dobla y solo se exige que las instalaciones entren en funcionamiento en el último semestre del 2024 o en 2025. Y para las empresas, se ha fijado una tributación del 15% de las multinacionales de los beneficios contables. Las entidades españolas que tengan un volumen superior a los 750 millones, al igual que las filiales que operen en España de sociedades extranjeras de esa naturaleza, estarán sometidas a este impuesto. También las filiales que operen en España de sociedades extranjeras de esa naturaleza.

3. IMPUESTO SOBRE LA RENTA

Hay varias novedades que afectan al impuesto sobre la renta. En el último Consejo de Ministros se aprobó la prórroga de los módulos en 2024 con el mismo límite de facturación de 125.000 euros que viene utilizándose desde 2016 y también la ampliación de la tributación de la renta del ahorro a partir de 300.000 euros con efectos desde 2023. En este mismo decreto también se incluye la obligación de presentar la declaración de la renta de manera electrónica, y no presencialmente.

Asimismo, el Gobierno ha extendido la deducción de obra de vivienda por rehabilitación energética. Por un lado, se amplía hasta diciembre de 2024 la deducción para la reducción de la demanda de calefacción y refrigeración al 15% si se trata de la vivienda habitual o de la arrendada. Incluye la vivienda que pueda ser alquilada, siempre y cuando se arrende antes del 31 de diciembre de 2025. En todos los casos las obras deberán completarse antes de diciembre de 2024.

Los ciudadanos podrán desgravarse el 20% hasta un máximo de 5.000 euros por esos trabajos de mejora de eficiencia que reduzcan el uso de calefacción y refrigeración en al menos el 7%. Una manera de acogerse a esta deducción es cambiar la caldera por otra de biomasa o sustituir las ventanas por otras de doble cristal.

Al mismo tiempo, se ha ampliado la deducción por obras para la mejora en el consumo de energía primaria no renovable. En este caso, la deducción asciende al 40% hasta un máximo de 7.500 euros para reducir el consumo en al menos un 30% de energía primaria no renovable. Por ejemplo, para aislar térmicamente las paredes y los techos.

La ley de vivienda permite una reducción de hasta el 90% desde el 1 de enero para los propietarios que arrenden en una zona con los precios de alquiler tensionados y reduzcan la renta al menos el 5%. La reducción es del 70% cuando no son zonas tensionadas pero se alquila a jóvenes de entre 18 y 25 años, y baja al 60% cuando no se cumplen los requisitos anteriores pero ha realizado obras de rehabilitación en los dos últimos años antes del contrato de alquiler.

https://www.epe.es/es/activos/20240114/rebaja-iva-aceite-deducciones-vivienda-96794726

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