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Actualidad Gestha

29-11-2023

Las claves económicas de que Telefónica recurra de nuevo al ERE

Telefónica ha optado por cambiar la estrategia que venía aplicando en los últimos procesos de ajuste de plantilla

 

Telefónica ha anunciado un expediente de regulación de empleo (ERE) para reducir su plantilla y la masa salarial correspondiente. Esto supone un cambio con respecto a la estrategia que venía aplicando la compañía en los últimos procesos de ajuste de plantilla e implica diferencias a nivel económico: desde las exenciones fiscales para las indemnizaciones de los empleados al ahorro en aportaciones de planes de pensiones si el ERE se produce en las mismas condiciones que el último, en 2011.

En 2019 y en 2021, la empresa puso sobre la mesa planes de salidas incentivadas (PSI), es decir, acuerdos voluntarios para la prejubilación de algunos trabajadores. Todavía no hay cifras de despidos, ya que el expediente tiene que negociarse con los sindicatos, aunque varias fuentes coinciden en que se plantearán alrededor de 3.000. De producirse esta cifra de salidas, la compañía reduciría su plantilla en un 22% desde la pandemia.

Desde Telefónica mantienen bajo llave los motivos que explican este cambio de estrategia, de los planes incentivados al ERE, pero hay algunas diferencias. Por ejemplo, en el caso de los PSI, la cifra la fijan los trabajadores que se quieran adherir a los mismos. En cambio, en un ERE es la compañía quien fija las bajas que busca acometer, aunque estas se negocien con los sindicatos.

Fuentes sindicales asumen que la compañía mantendrá la “voluntariedad” pese a tratarse de un ERE y esperan conocer más detalles de la propuesta durante la próxima semana, cuando se conformen las mesas negociadoras. “El ERE habilita a que fuercen los despidos, pero no creemos que vaya a haber ese cambio en las relaciones laborales”, señalan desde UGT.

Las mismas fuentes comentan que en el último ERE, al tratarse de una extinción del contrato y no una suspensión, como en el caso del PSI, los trabajadores pierden -además del empleo- las aportaciones al plan de pensiones, así como el seguro médico de la compañía. No obstante, consideran que este es un aspecto que se tendrá que negociar más adelante. Sin embargo, aunque pudieran recuperarse vía indemnización, los despidos -extinciones de contrato- supondrían la pérdida de esas ventajas empresariales y, a la vez, un ahorro para la teleco.

Las cifras de cuánto se ahorraría Telefónica al eliminar esas aportaciones y el seguro médico son todavía incalculables, puesto que no se conocen las cifras de afectados. Además, los sindicatos subrayan que el coste por empleado del seguro médico es un acuerdo privado entre la aseguradora y la compañía de telecomunicaciones y se desconoce cuánto supone.

Exento de IRPF

No obstante, los sindicatos apuntan a “motivos fiscales” en la elección del ERE por parte de Telefónica como fórmula para acometer las bajas. Desde Gestha apuntan que en los PSI no estamos hablando de despidos colectivos, por lo que la indemnización está sujeta al IRPF, porque no se produce una extinción de contrato. Es decir, el ERE es más beneficioso fiscalmente para los trabajadores.

Luis Jiménez-Arellano, responsable del área de Derecho Laboral del Bufete Mas y Calvet, explica que los PSI son, en definitiva, acuerdos privados, que aplican condiciones distintas a cada trabajador, mientras que al presentar un ERE, la compañía debe ofrecer lo mismo a todos los empleados afectados.

Paula Urcera, responsable del área fiscal de TaxDown, señala que para decidir qué fórmula es más beneficiosa para el empleado, si el PSI o el ERE, hay que tener en cuenta varios factores, como la edad, la vida laboral y la posibilidad de reincorporarse al mercado de trabajo tras la salida de la compañía.

Desde TaxDown no observan diferencias en cuanto al impuesto sobre Sociedades pero explican que el ERE es más complejo de ejecutar, al tener que contar con un informe favorable de la Inspección de Trabajo en el que la compañía tendría que justificar las causas de estas salidas. Recuerdan, además, que las indemnizaciones por despido están exentas del pago del impuesto sobre la renta de las personas físicas hasta 180.000 euros.

Precisamente esta exención ha sido revisada por el Instituto de Estudios Fiscales (IEF) a petición del Ministerio de Hacienda. Tal como publicó este periódico, en 2022, este beneficio fiscal tuvo un perjuicio para las arcas públicas de 612 millones de euros. Hacienda cifra en 737.775 contribuyentes los que se beneficiaron de la exención fiscal para las indemnizaciones por despido, una cifra ligeramente superior a la de 2021 (737.192) pero por debajo de la de 2020 (786.054), año en el que se produjo un cambio en la metodología que incrementó el cálculo de personas.

Gasto para el Estado

Otra de las cuestiones importantes del proceso es el coste que tendrán los despidos que acometa la compañía para el Estado. Precisamente a raíz del ERE de Telefónica de 2011, se añadió una disposición a la ley que obliga a las empresas que realicen despidos colectivos a hacer una aportación al Tesoro Público para hacer frente al coste que puedan tener las prestaciones por desempleo derivadas del mismo.

No obstante, esto dependerá de la edad de los empleados que salgan de la compañía. Como comenta Jiménez-Arellano, se trata de un convenio especial con la Seguridad Social y supone un perjuicio importante para las cuentas de la compañía. Estas aportaciones se realizan para los despidos colectivos que incluyan a trabajadores con más de 55 años y en empresas con más de un centenar de trabajadores.

 

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