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La supresión de la declaración conjunta del Impuesto sobre la Renta de las las Personas Físicas (IRPF) en la Renta ha sido puesta en salmuera por el Ejecutivo después de que trascendiera la intención de eliminarla de forma paulatina dentro del Plan de Recuperación que el Gobierno de Pedro Sánchez ha enviado a la Comisión Europea.
Lo cierto es que, aunque los declarantes en modalidad conjunta no constituyen la mayoría, constituyen un porcentaje importante: son aproximadamente dos millones de hogares los representados y más de 3,5 millones de declaraciones las realizadas en esta modalidad. De prosperar la iniciativa del Gobierno, se verán afectados en la medida en que no podrán acogerse a las deducciones que permite.
La Agencia Tributaria establece estos beneficios en la declaración e informa de que todos los miembros de la unidad famliar han de optar por la misma modalidad de declaración, que se ha de presentar, aún así, de forma individual.
El principal efecto de este tipo de declaración es la reducción en 3.400 euros de la base imponible "en la modalidad de unidad familiar compuesta por matrimonios no separados legalmente".
La reducción es algo menor, de 2.100 euros, "para padres o madres no casados, viudos o separados legalmente con los hijos menores, o mayores incapacitados judicialmente sujetos a patria potestad prorrogada o rehabilitada, que convivan con él o con ella".
Para estos dos tipos de situación se plantean estas reducciones que, no obstante, no siempre son útiles. La clave es atender al nivel de ingresos del cónyuge, lo que marcará que no nos afecte un tipo de IRPF superior al que se tendría en caso de una declaración individual.
El sindicato técnicos de Hacienda (Gestha) recomienda esta modalidad para aquellos contribuyentes cuyos cónyuges no tengan ingresos o los tengan muy bajos. También, por supuesto, en las familias monoparentales, en las que el padre o madre puede incluir a los hijos en la declaración conjunta.