elEconomista.es
25/03/2022 - 13:23
A menos de dos semanas para el comienzo de la Campaña de la Renta 2021-2022 toda ayuda para el contribuyente es poca. Hacer la declaración sin toda la información en nuestro poder puede significar en la práctica perder dinero o descuentos en los pagos a la Agencia Tributaria, por lo que resulta clave prestar atención a los consejos de un organismo tan experimentado con los técnicos de Hacienda.
Como cada año, desde GESTHA, el sindicato de los técnicos de Hacienda, se ha dado un decálogo de claves y consejos con el fin de sacar al máximo partido posible a la declaración de la Renta. Las novedades del ejercicio, el efecto del cobro de prestaciones o de situaciones personales en nuestra declaración...todas ellas son variables que no hay que descuidar cuando estemos cara a cara frente al borrador.
1. No precipitarse
Aunque el instinto habitual es presentar la declaración en cuanto se tenga acceso al borrador desde Gestha se recomienda que primero se revise que toda la información esté en orden y añadir, si fuese preciso, otros datos a mano que pueden dar lugar a deducciones. Ya después, con todos los datos revisados, sí se podrá entregar la declaración.
2. El efecto 'Filomena' y 'La Palma'
En la Campaña 2021-2022 se han incluido novedades derivadas de los daños por el temporal de nieve 'Filomena' y por la erupción del volcán de La Palma. En concreto, están exentas de tributación las ayudas concedidas por fallecimiento o incapacidad permanente derivadas de 'Filomena', así como las derivadas de los daños personales del volcán de La Palma.
3. Atención a las rehabilitaciones energéticas de edificios
Para este ejercicio y los siguientes también estarán exentas las ayudas y subvenciones para actuaciones de rehabilitación energética en edificios. En paralelo, se han aprobado nuevas deducciones:
-Del 20% (hasta 5.000 euros) en obras que reduzcan la demanda de calefacción y refrigeración de la vivienda.
-Del 40% (hasta 7.500 euros) en obras que reduzcan el consumo de energía primaria y que tuviesen lugar hasta diciembre de 2021.
-Del 60% (hasta 5.000 euros pero acumulable hasta 15.000) en obras de rehabilitación energética de uso predominante residencial hasta el 31 de diciembre de 2023.
4. Ojo a los alquileres de inmuebles
El plazo para considerar cantidades de dudoso cobro las cantidades no cobradas en concepto de alquiler (que dan derecho a deducciones) se reduce de seis a tres meses. Además, los propietarios que no se incluyan dentro de la categoría de 'grandes tenedores' y que hayan acordado rebajas a empresarios o profesionales en la cuantía del alquiler de un negocio hasta marzo de 2021 verán cómo esas rebajas podrán computar como gasto deducible.
También conviene recordar en este aspecto que, en las amortizaciones de inmuebles heredados, la nueva fijación del coste es el valor del bien en el Impuesto sobre Sucesiones o Donaciones o su valor comprobado (sin el valor del suelo), sumado a los gastos, impuestos y las inversiones y mejoras si se hubiesen producido.
Por último, se ha modificado la Ley del IRPF para que la reducción por el arrendamiento de bienes inmuebles destinados a vivienda solo se pueda aplciar sobre el rendimiento neto positivo declarado en la autoliquidación.
5. Medidas contra la crisis económica por la pandemia
También han bajado de seis a tres meses las deudas consideradas de dudoso cobro en empresas de reducida dimensión (con menos de 10 millones de euros en ventas) y se ha permitido la vuelta a la estimación objetiva tan solo un año después de renunciar a él. Además, se aumenta de un 5% a un 20% la reducción para actividades agrícolas, ganaderas y forestales.
6. Cambios en los planes de pensiones
Para el ejercicio 2021 se ha reducido de 8.000 a 2.000 euros la cantidad máxima a deducir por planes de pensiones privados, de la misma forma que se ha elevado la posiblidad de deducirse cantidades de planes de pensiones empresariales a 8.000 euros anuales más. Además, se baja de 2.500 a 1.000 euros las cantidades deducibles por aportaciones a planes de pensiones de los que sea partícipe, mutualista o titular el cónyuge.
7. Un nuevo tramo del IRPF y aumentos en el ahorro
Esto solo tendrá efecto en las rentas altas: para el ejercicio 2021 entró en vigor un sexto tramo del IRPF, del 47% de tributación para todas las rentas comprendidas a partir de los 300.000 euros anuales. En función de la comunidad autónoma y su tramo autonómica, en los casos de mayor tributación se puede llegar al 54%.
En paralelo, se ha creado un nuevo tramo a partir de los 200.000 euros anuales en la base liquidable del ahorro que es de un 13% en la cuota estatal y un 13% en la autonómica, es decir, de un 26%.
8. Cambios en las deducciones por mecenazgo y donativos
Se han especificado cuáles son las actividades prioritarias de mecenazgo y se ha aumentado en un 5% las diferentes deducciones y los límites en la deducción por donativos.
9. Las consecuencias de cobrar el Ingreso Mínimo Vital
Como en el ejercicio anterior, tanto sus beneficiarios como los miembros de su unidad de convivencia están obligados a presentar la declaración de la Renta. Las cantidades percibidas en concepto de IMV, no obstante, estarán exentas hasta el tope de 11.862,90 euros anuales, es decir, 1,5 veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples).
10. Menos recargos por declaraciones fuera de plazo
Se han reducido los recargos por presentación de declaraciones fuera de plazo, pero siempre en aquellos casos en los que no hubo requerimiento previo de Hacienda: es del 1%, más un 1% adicional por cada mes de retraso. A partir del mes 12 el recargo pasa a ser del 15%.
https://www.eleconomista.es/declaracion-renta/noticias/11685902/03/22/Estos-son-las-diez-claves-de-los-expertos-de-Hacienda-para-exprimir-la-declaracion-de-la-Renta-20212022.html