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Actualidad Gestha

27-03-2015

Gestha recuerda a los contribuyentes que la dación en pago estará exenta en la Campaña de Renta 2014

Se mejora el tratamiento fiscal para aquellos contribuyentes titulares de participaciones preferentes y deuda subordinada

   MADRID, 27 Mar. (EUROPA PRESS) -

   Los Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) han recordado que la Campaña de Renta 2014 arrancará el próximo 7 de abril marcada por la amnistía fiscal a los emigrantes retornados y la exención de impuestos a la dación en pago de la vivienda habitual.

   En un comunicado, Gestha considera que estas medidas suponen una "reacción directa" de la Agencia Tributaria a dos aspectos fiscales muy polémicos surgidos en los últimos años.

   Por otro lado, los técnicos destacan que la campaña dulcificará el tratamiento fiscal para aquellos contribuyentes titulares de participaciones preferentes y deuda subordinada, una situación en la que se encuentra un gran número de personas y que ha creado una importante tensión social a raíz de los rescates y casos de corrupción bancarios de los últimos tiempos.

    Otra de las grandes novedades es la fijación de una única fecha tanto para la presentación de borradores del IRPF como de la presentación de declaraciones del programa PADRE y equivalentes a través de Internet, lo que supone un adelanto para agilizar al máximo las devoluciones.

   Sin embargo, este año, el sistema RENO para obtener el número de referencia que permite acceder por Internet al borrador o datos fiscales cambia la tradicional casilla 620. Se debe facilitar además del Número de Identificación Fiscal (NIF), el importe de la casilla 415 de la declaración del IRPF del ejercicio 2013 ('Base liquidable general sometida a gravamen'), y el número del teléfono móvil en el que deseen recibir mediante SMS el número de referencia del borrador o de los datos fiscales.

   Con este número se podrá confirmar el borrador, con o sin modificación. En el supuesto de obtención del borrador de declaración por la opción de tributación conjunta deberá hacerse constar también el NIF del cónyuge.

EL PLAZO PARA PRESENTAR LA DECLARACIÓN ACABA EL 30 DE JUNIO

   El plazo para presentar las declaraciones y borradores abarcará desde 7 de abril al 30 de junio, ambos incluidos, en el caso de que la presentación de la declaración se efectúe por vía electrónica. Si la presentación se realiza por cualquier otro medio o de forma presencial, los plazos son más ajustados, del 11 de mayo al 30 de junio, ambos incluidos.

   Los Técnicos recuerdan que no están obligados a declarar aquellos contribuyentes con salarios inferiores a 22.000 euros brutos anuales si proceden de un solo pagador o, bien procediendo de varios, la suma de lo percibido por el segundo y restantes no excede los 1.500 euros al año. En caso contrario, el límite será de 11.200 euros en lugar de 22.000.

   Asimismo, resaltan que hay que tener en cuenta que las comunidades autónomas tienen transferida la capacidad de aprobar sus propias deducciones en determinadas materias -como el alquiler de vivienda habitual- o realizar cambios en los tipos del IRPF, por lo que conviene estar al tanto de las peculiaridades propias de cada región.

RECOMENDACIONES A LOS CONTRIBUYENTES

   Por otro lado, los técnicos recuerdan a los contribuyentes las ventajas de los planes de pensiones, los incentivos a los 'business angeles' y el capital semilla, el fin de las deducciones por compra y alquiler de vivienda habitual --con algunas reservas--, la ventaja fiscal para la venta de inmuebles urbanos adquiridos en 2012 y la mayor carga fiscal que hay para las ganancias especulativas.

   De la misma forma, subrayan que los trabajadores en el extranjero pueden quedar exentos de tributación por los rendimientos percibidos con un límite máximo de 60.100 euros anuales y que los emprendedores que el pasado año se animaron a poner en marcha una Sociedad Limitada Nueva Empresa pueden deducirse el 15% de las aportaciones realizadas, con un límite de 9.000 euros anuales. Esta deducción desparecerá en 2015.

http://www.europapress.es/economia/fiscal-00347/noticia-recomendaciones-gestha-campana-renta-2014-20150327111807.html

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