Suscríbete a nuestro feed de noticias

Actualidad Gestha

08-04-2026

Las diez claves de los Técnicos de Hacienda para aprovechar al máximo la Renta

Hasta el próximo 30 de junio, los contribuyentes tendrán que ajustar cuentas con la Agencia Tributaria

 Bolsamania

08 abr, 2026 06:00 Actualizado: 08 abr, 2026 13:01

La campaña de la Renta ya está en marcha. Hasta el próximo 30 de junio, los contribuyentes tendrán que ajustar cuentas con el fisco. Por ello, los Técnicos del Ministerio de Hacienda (GESTHA) han concentrado en diez las claves para aprovechar al máximo la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

1. Deducción salario mínimo interprofesional (SMI). Desde 1 de enero de 2025, con el fin de que no tributen los perceptores del nuevo salario mínimo y reducir el gravamen a los perceptores de rentas salariales entre el SMI y 18.276 euros anuales, se podrá aplicar una nueva deducción, siempre no se tengan otras rentas, excluidas las exentas, distintas de las salariales, superiores a 6.500 euros.

2. Deducciones por obras de mejora de eficiencia energética en viviendas. Se trata de tres. La primera, por obras de mejora para la reducción de la demanda de calefacción y refrigeración. Pueden beneficiarse de esta deducción las obras como la sustitución de ventanas por otras con doble acristalamiento o el cambio de una caldera por otra de biomasa, siempre que, tras estas obras, se haya reducido en un 7% la suma de los indicadores de demanda de calefacción y refrigeración. La base máxima anual de esta deducción será de 5.000 euros y el porcentaje de deducción es del 20%.

La segunda, por obras de mejora que reduzcan el consumo de energía primaria no renovable. Las obras que permiten beneficiarse de la deducción son las que consisten en, por ejemplo, la instalación de paneles aislantes en las paredes y de aislamiento térmico en los falsos techos o la instalación de sistemas de calefacción y de aire acondicionado por aerotermia. Se debe lograr una reducción del 30% del consumo de energía primaria no renovable o una mejora de la calificación energética de la vivienda para obtener una clase energética 'A' o 'B'». La base máxima anual de esta deducción será de 7.500 euros y el porcentaje de deducción es del 40%.

Y, la tercera, por obras de rehabilitación energética de edificios de uso predominante residencial. La deducción se aplica a aquellas obras destinadas a la mejora de la eficiencia energética del edificio en el que se ubica la vivienda, tal como se ha señalado en el apartado anterior. La base máxima anual por declaración de esta deducción será de 5.000 euros anuales con un tipo de deducción del 60%. El exceso hasta 15.000 euros se puede deducir en los cuatro ejercicios siguientes.

Los técnicos de Hacienda recuerdan que hay que obtener el certificado de eficiencia energética tras la finalización de las obras antes del 1 de enero de 2026. También señalan que los pagos de las obras no pueden ser satisfechos en efectivo, y que la parte de las obras subvencionadas no tendrán derecho a deducción, aunque estas subvenciones son ganancias patrimoniales exentas del IRPF.

3. Prórroga de la deducción estatal temporal por adquisición de vehículos eléctricos enchufables y de pila de combustible y puntos de recarga. En la deducción por adquisición de un vehículo eléctrico nuevo enchufable y de pila de combustible, por una única compra de alguno de los vehículos que cumplan los requisitos establecidos, del 15% sobre una base máxima de 20.000 euros, constituida por el valor de adquisición del vehículo, gastos y tributos incluidos, menos las subvenciones y ayudas públicas.

En la deducción para la instalación en un inmueble de su propiedad de sistemas de recarga de baterías para vehículos eléctricos no afecta a una actividad económica del 15% de las cantidades satisfechas desde el 30 de junio de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2025, sobre una base máxima anual de 4.000 euros anuales, pagadas con tarjeta de crédito o débito, transferencia bancaria, cheque nominativo o ingreso en cuentas en entidades de crédito, a quienes realicen la instalación, menos las subvenciones y ayudas públicas.

4. Deducciones por donativos. La deducción es del 80% a los primeros 250 euros y del 40% al resto del importe donado, o del 45% si hay reiteración de donaciones a una misma entidad, con el límite máximo del 10% de la base imponible.

Se incluye la cesión de uso de un bien mueble o inmueble sin contraprestación como tipo específico de donativo con derecho a deducción, siendo la base de deducción el importe de los gastos soportados por el cedente por dichos bienes durante el periodo de cesión, con unos requisitos. Los donativos para actividades prioritarias de mecenazgo pueden elevar en cinco puntos porcentuales los porcentajes y límites anteriores.

5. Deducciones autonómicas. El borrador no incluye la mayor parte de las deducciones de las CCAA y que son desconocidas por la mayoría de los contribuyentes.

6. Alquileres de inmuebles, alquileres turísticos y ventas en webs de bienes usados. Los arrendadores de vivienda permanente han de verificar a qué reducciones fiscales de los rendimientos netos positivos tienen derecho.

Uno, reducción del 90% del rendimiento neto cuando el propietario haya formalizado un nuevo contrato de alquiler sobre una vivienda situada en una zona tensionada con una reducción del precio del 5% con respecto al contrato anterior. Dos, reducción del 70% del rendimiento neto cuando el propietario alquila por primera vez su vivienda, en una zona tensionada, a jóvenes de entre 18 y 35 años o se alquile a las administraciones públicas. Tres, reducción del 60% del rendimiento neto cuando la vivienda haya sido rehabilitada dos años antes a la fecha del contrato de alquiler, o en el caso de los contratos anteriores al 26 de mayo de 2023. Y cuatro, reducción del 50% rendimiento neto en cualquier otro caso de alquiler para residencia habitual.

Además, los Técnicos de Hacienda recuerdan a quienes tengan criptomonedas que el 31 de marzo terminó el plazo para presentar el modelo 721 informativo de monedas virtuales situadas en el extranjero correspondiente a 2025, al que están obligadas las personas titulares, beneficiarias, autorizadas o quienes de alguna forma dispongan de monedas virtuales fuera de España por valor conjunto de más de 50.000 euros, debiendo informar sobre todas las monedas virtuales, salvo que declarasen en 2024 y no tuvieran movimientos de más de 20.000 euros desde la última declaración.

7. Situación civil, subvenciones y ayudas públicas. Para aprovechar las ventajas fiscales, GESTHA insta a modificar el borrador cuando cambie la situación civil o familiar, sea por matrimonio, nacimiento o adopción de hijos. Como novedad de este año para evitar errores, no se incluirán en el borrador de Renta los ascendientes o descendientes que perciban rentas entre 1.800 y 8.000 euros y que tengan obligación de declarar.

Los técnicos de Hacienda recomiendan rectificar el borrador para incluir las ayudas o subvenciones públicas o de otras instituciones y que no estén exentas. Así deben prestar atención a que estén incluidas la ayuda de 200 euros a personas físicas de bajo nivel de ingresos y patrimonio (aunque para 2025 no se ha aprobado, si el contribuyente la ha cobrado en 2025), el bono alquiler joven, el bono cultural joven o el bono social térmico (con casilla específica este año), las cuales deben declararse como ganancias patrimoniales no derivadas de transmisiones.

El bono social térmico tiene casilla específica este año.

8. Exención de tributación de las ganancias patrimoniales por venta y reinversión en vivienda habitual y para mayores de 65 años. La posibilidad de acoger la ganancia de patrimonio obtenida con la transmisión de la vivienda habitual a la exención por reinversión en otra vivienda habitual no es una opción, sino un derecho que el contribuyente puede ejercer en la declaración del IRPF del año en que esa ganancia de patrimonio se ha obtenido, o con posterioridad rectificando la declaración inicialmente presentada.

Están exentas también las ganancias obtenidas por la venta de la vivienda habitual por los contribuyentes mayores de 65 años y por personas dependientes. También para estas personas están exentas la transmisión de cualquier otro bien o derecho, hasta un límite máximo de 240.000 euros, siempre que con el importe total se constituya en un plazo de seis meses una renta vitalicia asegurada.

9. Incentivos para los 'ángeles' de los emprendedores. Desde 2023 esta deducción para amigos y familiares de tercer grado de los emprendedores aumentó al 50% de la inversión en la cuota estatal del IRPF al suscribir las acciones o participaciones de una sociedad nueva o reciente creación.

La base máxima de la deducción se amplió a 100.000 euros anuales, limitada a una participación, junto con su cónyuge y familiares hasta el segundo grado incluido, nunca superior al 40% del capital de la entidad y cuyos fondos propios tampoco podrán superar los 400.000 euros al inicio del período de la entidad en que el inversor adquiera las acciones. Asimismo, se fija la exención total de la plusvalía al salir de la sociedad, siempre y cuando se reinvierta en otra entidad de nueva o reciente creación.

Por otra parte, las sociedades consideradas emergentes tienen un beneficio ampliado para la entrega de acciones propias a los trabajadores, elevando la exención general de 12.000 euros a 50.000 euros, sin que sea necesario el requisito general de que la oferta se realice en las mismas condiciones para todos los trabajadores de la empresa, siendo suficiente que se haga dentro de la política retributiva general de la empresa y contribuya a la participación de los trabajadores en la sociedad emergente.

10. Exención por daños personales en incendios forestales y a consecuencia de la DANA. Desde el 26 de agosto de 2025 se declaran exentas las ayudas por daños personales para los afectados por los incendios forestales y otras emergencias de protección civil acaecidos entre el 23 de junio y el 25 de agosto de 2025. De igual modo estarían exentas las ayudas concedidas por daños personales, materiales, para la accesibilidad de personas con discapacidad, Plan Reinicia Auto y las subvenciones para estudiantes o estudiantes universitarios afectados por la DANA.

 

https://www.bolsamania.com/noticias/declaracion-renta/diez-claves-tecnicos-hacienda-aprovechar-maximo-irpf--22244681.html

<< volver a Actualidad Gestha
Galería de vídeos Gestha
Descarga nuestros Últimos documentos
16-04-2026CSSI 8 DE ABRIL- UNA REUNIÓN SIN AVANCESDescargar archivo Información, Comunicados: CSSI 8 DE ABRIL- UNA REUNIÓN SIN AVANCES
15-04-2026RESOLUCIÓN JORNADA Y HORARIOS AGE Y SUS OOPPDescargar archivo Información, Legislación: RESOLUCIÓN JORNADA Y HORARIOS AGE Y SUS OOPP
15-04-2026ACLARACIONES PIA 2026Descargar archivo Información, Comunicados: ACLARACIONES PIA 2026
13-04-2026BOE semana del 6 al 12 de abril de 2026Descargar archivo Información, BOE: BOE semana del 6 al 12 de abril de 2026
10-04-2026PANEL CTH 2026P04-FIN PRESENTACIÓN INSTANCIASDescargar archivo Información, Concursos/Oposiciones: PANEL CTH 2026P04-FIN PRESENTACIÓN INSTANCIAS
06-04-2026BOE semana del 30 de marzo al 5 de abril de 2026Descargar archivo Información, BOE: BOE semana del 30 de marzo al 5 de abril de 2026
31-03-2026DERECHO A LA RESERVA DE PROVINCIA - ¿PERO QUÉ DERECHO?Descargar archivo Información, Comunicados: DERECHO A LA RESERVA DE PROVINCIA - ¿PERO QUÉ DERECHO?
30-03-2026BOE semana del 23 al 29 de marzo de 2026Descargar archivo Información, BOE: BOE semana del 23 al 29 de marzo de 2026
27-03-2026NOTA CORRECCIÓN ERRORES Y AMPLIACIÓN PLAZO PANEL CTH 2026P04Descargar archivo Información, Concursos/Oposiciones: NOTA CORRECCIÓN ERRORES Y AMPLIACIÓN PLAZO PANEL CTH 2026P04
24-03-2026TELETRABAJO, UN POCO DE SENTIDO COMÚNDescargar archivo Información, Comunicados: TELETRABAJO, UN POCO DE SENTIDO COMÚN
23-03-2026BOE semana del 16 al 22 de marzo de 2026Descargar archivo Información, BOE: BOE semana del 16 al 22 de marzo de 2026
19-03-2026NOTA CORRECCIÓN ERRORES PANEL CTH 2026P04Descargar archivo Información, Concursos/Oposiciones: NOTA CORRECCIÓN ERRORES PANEL CTH 2026P04
18-03-2026PANEL CTH 2026P04-NOTA PUBLICACIÓN CONVOCATORIADescargar archivo Información, Concursos/Oposiciones: PANEL CTH 2026P04-NOTA PUBLICACIÓN CONVOCATORIA
16-03-2026BOE semana del 9 al 15 de marzo de 2026Descargar archivo Información, BOE: BOE semana del 9 al 15 de marzo de 2026
16-03-2026CONCLUSIONES PIA 2025Descargar archivo Información, Comunicados: CONCLUSIONES PIA 2025
11-03-2026GRUPO CTO- CURSO INTENSIVO DICTAMEN CSIHE OEP 2025Descargar archivo Información, Concursos/Oposiciones: GRUPO CTO- CURSO INTENSIVO DICTAMEN CSIHE OEP 2025
09-03-2026BOE semana del 2 al 8 de marzo de 2026Descargar archivo Información, BOE: BOE semana del 2 al 8 de marzo de 2026
02-03-2026BOE semana del 23 de febrero al 1 de marzo de 2026Descargar archivo Información, BOE: BOE semana del 23 de febrero al 1 de marzo de 2026
27-02-2026CONCURSOS 2026Descargar archivo Información, Comunicados: CONCURSOS 2026
27-02-2026REUNION MESA CAMPAÑA RENTA 26-02-2026Descargar archivo Información, Mesas negociadoras: REUNION MESA CAMPAÑA RENTA 26-02-2026
ION Comunicación
APARICIO & ASOCIADOS - ABOGADOS JLN.es Autoedición
GESTHA SINDICATO DE TÉCNICOS DEL MINISTERIO DE HACIENDA
Sede Central: C/ LERIDA, 32-34 | 28071 - MADRID | CONTACTO 91 583 79 68 | Fax: 91 583 13 81 | gestha@gestha.es
Política de Privacidad - Aviso Legal - Política de cookies