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Actualidad Gestha

11-03-2026

¿Los recién casados deben declarar a Hacienda los regalos de boda?

  • Cualquier regalo es una donación y, por ley, debería tributar por el impuesto de donaciones, aunque en la práctica no se haga

María José Artuch
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11.03.2026  |   16:43 

Nos habéis consultado por mensajes en redes sociales y titulares que aseguran que España va a sancionar a quien no declare los regalos de boda. Todo regalo es una donación y las donaciones tributan. Te explicamos con la Asociación de Inspectores de Hacienda del Estado (IHE), con el Sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda (GESTHA) y la Asociación Española de Asesores Fiscales y Gestores Tributarios (ASEFIGET) la normativa sobre donaciones y su aplicación a los regalos en las bodas, una costumbre que, según estos expertos, no suele dar problemas con el fisco.

¿Se deben declarar a Hacienda los regalos de boda?

La ley del impuesto de sucesiones y donaciones señala la obligación de que toda donación sea declarada y los regalos, estrictamente, lo son. "Legalmente, sí", explica José María Peláez, portavoz de la Asociación de Inspectores de Hacienda del Estado. "Se ha focalizado en las bodas porque en redes se habla de los pobres novios, pero se trata de cualquier regalo, de Papá Noel o de los Reyes, de los abuelos que le dan 100 euros al nieto. Es un absurdo, pero en teoría tendría que tributar", añade. "Pero esto, como comprenderás, forma parte de los usos y costumbres", nos responde José María Mollinedo, secretario general de GESTHA, quien asegura que estos regalos no están en el "foco de atención" de las administraciones tributarias.

Ambos expertos explican que la normativa estatal no deja una cantidad mínima exenta de tributar, lo que a su juicio debería corregirse en la ley para contemplar algunos regalos como usos y costumbres y que no se declaren. "Se necesita una regulación más actual", apunta José María Mollinedo. Mientras tanto, todo regalo en metálico, ingreso en cuenta por bizum o transferencia, o un regalo físico, como una televisión, sea en una boda, un bautizo o un cumpleaños, debería ser declarado por el impuesto de donaciones. Es responsabilidad de quien lo recibe y, además, hay que liquidar cada regalo por separado y precisando quién nos lo da, explica María Dolores Ortega González, vicepresidenta segunda de ASEFIGET.

La experta subraya que, como es un impuesto cedido, cada autonomía tiene su propia legislación y aplican bonificaciones distintas, que hay que tener en cuenta. Pone por ejemplo que, en la Comunidad de Madrid, las donaciones de personas físicas por debajo de 1.000 euros tienen una bonificación del 100%. "En estos casos, no existe obligación de presentar autoliquidación por el impuesto", apunta. Sí será obligatorio si se trata de un bien que debe ser inscrito en cualquier registro público.

La tributación también es diferente según el patrimonio de la persona que recibe el regalo. En el caso de los casados, hay que tener en cuenta si deciden establecer un régimen de gananciales o de separación de bienes, explica María Dolores Ortega. Cabe otra alternativa, que el dinero se reciba en efectivo. "Si no tienes voluntad de declararlo, no hay una trazabilidad y es muy complicado que se sepa que has cobrado ese dinero", agrega.

¿Hacienda mira hacia otro lado con los regalos de boda?

Mientras la donación de cantidades de dinero importantes, entre padres e hijos o de un inmueble, sí suele declararse, los expertos coinciden en que los regalos menores de una boda, no. Tampoco es habitual que las administraciones los persigan, lo que les resultaría sencillo "viendo los registros civiles para saber qué personas se han casado", sostiene José María Mollinedo. "Cabe pensar que precisamente por esos usos y costumbres la mayoría ha recibido regalos. Sería algo tan fácil como iniciar una comprobación para requerirle las cuentas bancarias", resume este experto.

"Normalmente, esto no va a generar una alarma. De hecho, no la generan en la práctica lo que son los regalos cotidianos", explica el portavoz de GESTHA. "Ni de regalo de comuniones, ni de bautizos, bodas, ni de otras celebraciones como cumpleaños o fiestas de Navidad, van detrás las administraciones tributarias autonómicas", agrega. José María Peláez comparte esta misma reflexión y asegura que no recuerda por parte de la Agencia Tributaria "un plan específico por el tema de las bodas".

Otra cosa es que las administraciones tributarias pidan explicaciones ante una denuncia o una inspección por otro motivo. "Si tienen conocimiento de alguna actuación que les resulta sospechosa, si hay una denuncia o Hacienda te llama por otro motivo y te mira la cuenta bancaria, si aparece el dinero de la boda es posible que te exijan que pagues lo que tienes que pagar", apunta el portavoz de la Asociación de Inspectores de Hacienda.

Tanto José María Mollinedo como José María Peláez entienden que las bodas no son el objetivo de las administraciones autonómicas "porque no hay medios suficientes y porque con el fraude que hay sería criticable por los ciudadanos", resume el segundo. "Pero es cierto que legalmente se puede y para el que está en contra (del pago de impuestos), esto es un filón: Hacienda se mete hasta con los novios", concluye.

Hacienda no envía cartas a los recién casados para que declaren los regalos

También nos habéis consultado si es cierto que el Ministerio de Hacienda está enviando cartas a los recién casados para que paguen impuestos por sus regalos de boda. La Agencia Tributaria niega que esté mandando estas misivas. Aclara que no hay ninguna campaña en marcha para que tributen los regalos de boda. Además, nos recuerda que se trata de un tributo cedido a las comunidades autónomas, por lo que no es competencia de la Hacienda estatal reclamar estas cantidades.

https://www.rtve.es/noticias/20260311/recien-casados-declarar-hacienda-regalos-boda/16976014.shtml

 

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