
17/02/2026 Actualizado 18/02/2026 - 02:12h.
La subida del salario mínimo interprofesional (SMI) mantiene el mismo truco fiscal habilitado el año pasado: el Gobierno anuncia que ese incremento no tributará en el IRPF, aunque en realidad el trabajador no lo verá hasta la primavera de 2027, cuando presente la declaración de la renta. La vía por la que el Ministerio de Hacienda intenta aliviar esta situación es una deducción que no se aplica en las nóminas de este año sino que hay que apuntársela para cuando se liquide la renta en la campaña del próximo año.
Cada trabajador que se encuentre en el rango de retribución del SMI, los 1.221 euros actualizados para 2026, verá cómo en sus nóminas las empresas le aplican la retención que les corresponda. Todo depende de sus circunstancias personales y profesionales -si tienen hijos o mayores a cargo, por ejemplo-, que son las que rigen el porcentaje de IRPF que se les aplicará. Es decir, la subida del salario mínimo se les otorgará pero con diferentes tipos de retenciones. En algunos casos, puede derivar a que paguen más impuesto de la renta por haberse elevado su retribución.
En una situación normal, de un contribuyente de 35 años sin hijos y sin otras circunstancias, se le aplicará una retención del 7,6%, según estima la calculadora de retenciones de la propia Agencia Tributaria con datos de este año. Ese porcentaje suponen unos 93 euros al mes distribuidos en 14 pagas, que es como se calcula el SMI.
Habrá que esperar más de un año para que los trabajadores que cobran el SMI puedan ver resarcida la subida del IRPF que por ahora les seguirá aplicando Hacienda. Es decir, deberán hacerlo en la campaña de la Renta del próximo año, por la que se liquida el gravamen de 2026. Se habilitará una casilla con la que se pueda aplicar la desgravación de 591 euros autorizada por Hacienda para compensar esta situación.
Los técnicos del Ministerio de Hacienda, Gestha, estiman que 2.976.220 contribuyentes tendrían que presentar la declaración en 2027 para beneficiarse de la renovada deducción en el IRPF para adaptarla a la subida del SMI aprobada este martes por el Ejecutivo. Estos cálculos de contribuyentes afectados se explica porque la nueva deducción dejará sin tributar a quien cobre hasta los 17.094 euros y se reduce progresivamente hasta los 20.000 euros, que se sumarán a los que a la están utilizando desde los 15.876 euros vigentes en 2025.
Ahí reside uno de los problemas derivados de la deducción fiscal. Puede darse el caso de contribuyentes que por ley no estén sujetos a presentar la declaración de la renta, pero que si quieren beneficiarse de esta medida, deberán hacerlo. En ese caso, tendrán que valorar si les compensa liquidar el IRPF para acogerse a la deducción u olvidarse de esta cuantía porque tienen otras rentas que les elevan su factura tributaria.
Los técnicos de Hacienda recomiendan presentar la declaración y aprovechar otras deducciones al margen de la del SMI, por si no es suficiente
La actual obligación de declarar sigue afectando a los que ingresen más de 15.876 euros por dos o más empleos, salvo que la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes pagadores no supere en total los 1.500 euros anuales, o 22.000 euros con un solo sueldo. En principio, Gestha recomienda presentar declaración para quienes cobren 15.876 euros (el SMI de 2024 que no tributó) hasta los 20.000 euros brutos. Y los que perciban entre 20.000 y 22.000 también les interesaría si cuentan con alguna otra deducción (alquiler, maternidad, hipoteca, etc.) con la que puedan recuperar una parte de las retenciones que se ajustan prácticamente a la cuota resultante de la liquidación.
Porque la vía que ha elegido el Ministerio de Hacienda para evitar que los perceptores del SMI no paguen el IRPF es una deducción, una alternativa que solo se puede aplicar al presentar la declaración. Es decir, un año después, como les ocurrirá en la campaña de la Renta que comenzará el próximo 8 de abril y que se refiere a los ingresos de 2025. Todos los contribuyentes que cobraron el salario mínimo el año pasado deberán liquidar ahora el gravamen para beneficiarse de la desgravación.
La otra alternativa habría sido una reducción de la cuota, una medida que sí se aprobó por parte de Hacienda con la subida del SMI en 2024. En aquel momento, al tratarse de una reducción, las empresas pudieron reducir la retención, o dejarla a cero euros, en las nóminas que cobraban los empleados sin tener que esperar casi un año, como ocurre de nuevo ahora.