
La ley es clara sobre quién puede acceder a los datos, informes o antecedentes tributarios de los contribuyentes obtenidos por la Administración. Y es que estos no pueden ser cedidos ni comunicados a terceros, entre los que se encuentra el propio ministro de Hacienda, excepto en catorce supuestos muy específicos.
Así lo han puesto de manifiesto los Técnicos del Ministerio de Hacienda, Gestha, que niegan que el ministro de Hacienda pueda acceder a datos tributarios, y expresan su desacuerdo con el argumento del juez del caso “Montoro”.
Desde Gestha, explican que, el artículo 95 de la Ley General Tributaria señala que los datos tributarios tienen carácter reservado y que su utilización está limitada exclusivamente a la correcta aplicación de los tributos y sanciones asociadas. Cualquier uso o cesión fuera de estos fines constituye una infracción. Pero, ¿en qué casos permite la ley la cesión de datos fiscales?
Gestha destaca que en ninguna de estas catorce excepciones se incluye el acceso directo del ministro de Hacienda a los datos tributarios de los contribuyentes, aunque sí se reserva la posibilidad de acceder a esta información a jueces, tribunales, órganos de control, otras administraciones públicas y determinados entes, pero nunca de forma generalizada o discrecional para miembros del Gobierno.
El citado artículo establece de forma expresa cuáles son las excepciones en la que los datos fiscales obtenidos por la administración pueden ser cedidos a terceros:
En cuánto al uso de los datos por parte de los funcionarios, los Técnicos del Ministerio de Hacienda recuerdan “existe un Protocolo de seguridad informática en la AEAT” por el que se establece un control de los accesos a las bases de datos tributarias por parte de los funcionarios. De este modo, solo podrán consultar aquellos datos de los expedientes que estén tramitando.
Un acceso injustificado se puede sancionar con una suspensión de empleo y sueldo de hasta tres años y en el caso de la cesión de datos a terceros de o la comunicación indebida a terceros de hasta seis años e incluso la separación del servicio.
Trasladando la ley al contexto del caso “Montoro”, en el que se que interpretó que el ministro de Hacienda podría estar habilitado para acceder a datos fiscales, Gestha rechaza esta decisión. Insisten en que el cumplimiento estricto de la Ley General Tributaria garantiza la protección de la información de los contribuyentes.
Esta postura se alinea con las reclamaciones de transparencia y seguridad jurídica en la gestión de datos personales y tributarios, manteniendo la independencia y la legalidad en el funcionamiento de la Administración Tributaria.
Según explica Gestha, se ha sabido estos días, que estos datos eran facilitados al exministro por el entonces director de la Agencia Tributaria, Santiago Menéndez Menéndez, a través de su jefe de gabinete. A pesar de que se encuentra entre las personas investigadas judicialmente por el caso “Montoro”, actualmente es Jefe de Equipos Nacionales de Inspección (ENI) Coordinador en la Delegación Central de Grandes Contribuyentes de la AEAT, por lo que piden a la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, su cese inmediato de este puesto de libre designación.