El fraude fiscal es algo «de lo más común». «Ocurre históricamente», asegura José María Mollinedo, secretario general del Sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha). La diferencia a día de hoy, matiza, es que se ha «sofisticado» la técnica: «La llegada de los avances informáticos y su generalización ha permitido sofisticar estas evasiones fiscales».
La Agencia Tributaria inició ayer la operación ‘Amperio’, una investigación coordinada que ha puesto en el punto de mira a 67 sociedades y 14 personas físicas y que ha trasladado a más de trescientos funcionarios a 75 locales de todo el país. Entre ellos, dos murcianos.
La investigación se extenderá durante los próximos meses para analizar toda la documentación recopilada en los establecimientos. Las inspecciones apuntan a que estas entidades –relacionadas todas ellas con el sector de las instalaciones y montajes eléctricos– empleaban un software de doble uso para la evasión fical.
La multa por tener o modificar un software para evadir impuesto es de 50.000 euros
«Se trata, realmente, de utilizar programas de contabilidad para ocultar ventas», simplifica Mollinedo. Es decir, llevar una doble contabilidad: en A y en B.
No se trata de programas informáticos comercializados para llevar a cabo esta doble contabilidad, sino de un uso indebido de programas que, en principio, cumplen con todas las garantías.
anto es así que la Ley de Prevención del Fraude Fiscal estableció en 2021 que las empresas que crean estos programas informáticos deben certificar que esos sistemas de contabilidad y facturación «no podían ser utilizados para tener una doble contabilidad ni podían ser alterados». Esta ley, junto con el Real Decreto aprobado en 2023, establecen los requisitos que deben cumplir esos sistemas informáticos.
Sin embargo, explica el representante de Gestha, aunque no sean programas que se ofrezcan expresamente «para llevar unas cuentas en A y otras en B», sí que permiten «registrar una empresa A y B, una sede A y B, o una tienda A y B». «No lo dicen de forma explícita, pero cualquiera dice ‘pues si me permite tener el registro de dos empresas...’», lamenta.
Puede saltar la alerta al comparar lo que declara una empresa con otras del mismo sector y zona
La ley de 2021 establece sanciones de 150.000 euros para las empresas que fabriquen, produzcan o comercialicen sistemas y programas informáticos que permitan llevar contabilidades distintas o alterar de algún modo los registros. En el caso de las empresas, se multará con 50.000 euros a quienes tengan, se usen o no, sistemas no certificados o alterados.
Los avances informáticos han cambiado la manera de llevar a cabo esta práctica que «ha existido históricamente en nuestro país» y, por ende, de detectarla.
«Al principio se ocultaba una parte de las ventas, y para los técnicos era muy fácil detectar eso al comprobar los stocks. Ahora, estos programas permiten combinar las compras con las ventas para que no haya distorsión de los datos, para que todo lo que no esté contabilizado no aparezca», explica Mollinedo.
«Esto es un aprendizaje continuo por ambas partes, la que defrauda y la que investiga el fraude», resume sobre estas nuevas técnicas de evasión de impuestos.
Sin embargo, siempre existe alguna «prueba del algodón» que lo detecta, aunque ahora se haga con técnicas más complejas.
Mientras que antes se descubrían muchos de estos fraudes por vías indirectas –por ejemplo, la diferencia entre comidas diarias declaradas por un restaurante y el número de manteles que enviaban a la lavandería–, ahora los técnicos de la Agencia Tributaria se fijan en cosas como que un local declare que todo lo que ingresa es mediante pagos con tarjeta –a pesar de que puede haber excepciones, suele ser sospechoso no declarar nada de efectivo–. También puede saltar la alerta de los técnicos al atender a otras empresas del mismo lugar que se dediquen a lo mismo: «Los márgenes comerciales de un negocio deben ser similares a otros de la misma zona geográfica que se dediquen a clientes y áreas similares». La operación ‘Amperio’ se desarrolla tras una denuncia recibida por la Agencia Tributaria.
