
Aseguran que el aumento de tributación de los pisos desocupados y el IVA al alquiler turístico mejorarán el mercado del alquiler, a fuerza ahorcan comentan jocosamente
GESTHA explica que las reducciones en el IRPF van aumentando si la vivienda se ha rehabilitado y se ha alquilado antes de dos años, si se dedica al alquiler social o con precio limitado por las CCAA, si se alquila a jóvenes entre 18 y 35 años, si la vivienda está en una zona tensionada, y si se alquila a jóvenes entre 18 y 35 años en zonas declaradas tensionadas. Finalmente, se creará una reducción del 100% para que no tributen quienes pidan una renta inicial del alquiler inferior a la que fijará el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana.
Con los nuevos parámetros, GESTHA ha calculado el efecto conjunto del aumento de las nuevas reducciones en el IRPF y de la limitación de renta en los casos en que se exigirá y en los que no, teniendo en cuenta los importes medios declarados por estos contribuyentes.
De esta manera, aseguran que las mayores ventajas se concentran en los propietarios con rentas más altas, que normalmente alquilan las viviendas más caras.
Así, quienes tienen rentas superiores a los 600.000 euros y alquilan una vivienda por primera vez lograrán un ahorro entre los 620 euros y los 2.483 euros si la alquilan en una zona de mercado residencial tensionado.
Como complemento a las ventajas anteriores, y para vencer algunas resistencias a sacar al mercado del alquiler una vivienda desocupada, se aumentará la imputación de rentas inmobiliarias en 2025 con arreglo a una escala que va del vigente 1,1% al 3% cuando la suma de los valores catastrales supera el millón de euros.
Sin embargo, GESTHA ve más eficaz la medida para que el alquiler de viviendas turísticas esté sujeto al 21% del IVA si la estancia no supera 30 noches y la vivienda se encuentra en municipios de más de 10.000 habitantes.
Esta medida arrastrará también al alquiler vacacional cuando a los turistas se le prestan servicios complementarios de restaurante, limpieza, lavado de ropa u otros, que subirá su tributación del 10% al 21%; una medida que los técnicos ven que favorecerá al sector hotelero que puso el foco en los apartamentos vacacionales y en la competencia desleal, según la patronal.
Por otra parte, quedará por verificar en los próximos años la eficacia de la medida de las SOCIMIS para que la reducción de la mitad del nuevo tipo del 25%, que aumenta del 15% vigente, sobre los beneficios del arrendamiento de viviendas que no se distribuyen se va a condicionar a que las viviendas con alquiler a precio asequible representen más del 60% del total de viviendas en arrendamiento.
Esta reducción será del 100% si los beneficios no distribuidos se reinvierten en la promoción de vivienda en alquiler asequible.
Los técnicos recuerdan que estas dos medidas decayeron del paquete fiscal que se incluyó finalmente en la ley 7/2024, de 20 de diciembre.
En cambio, más incertidumbre genera el nuevo Impuesto complementario estatal sobre la transmisión de bienes inmuebles a no residentes en la Unión Europea, que no se exige si la transmisión está sujeta y no exenta al IVA, como en el caso de vivienda nueva.
En este sentido, en la vivienda usada tendrá una cuota del 100%, de la que se restará la cuota del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.