
Este viernes 2 de mayo se cumplía un mes exacto desde que se abrió el plazo para realizar uno de esos trámites que todos los españoles tienen en el punto de mira: la declaración de la renta. Aunque muchos han hecho ya el pago del IRPF, otros 'estiran' el proceso casi hasta su fecha límite, el próximo 30 de junio.
Muchos de los contribuyentes que tienen que realizar año a año este trámite cumplen una condición por la cual pueden ahorrarse un buen 'pellizco' o pueden optar a una devolución de Hacienda. Estamos hablando de propietarios que invierten en vivienda habitual. Aunque esa deducción se eliminó el 1 de enero del 2013, quienes la aplicaron antes de esa fecha lo pueden seguir haciendo por cantidades de hasta 9.040 euros anuales.
Sin embargo, lo que no todos saben, o saben pero intentan 'esquivarlo', es que los propietarios de más de una vivienda tienen que declarar también estas aunque estén vacías. Es decir, si posees una segunda vivienda, independientemente de si está alquilada o vacía, es obligatorio incluirla en la declaración de la renta. De lo contrario, Hacienda puede tomar cartas en el asunto.
Aunque el presidente del sindicato de técnicos de Hacienda, Carlos Cruzado, explicaba a EFE que esto no sucede de manera habitual, en los casos en que una persona no incluya la información perteneciente a sus viviendas en propiedad puede enfrentarse a una multa que va desde el 50% hasta el 150% del importe defraudado.
Para evitar esa multa de la Agencia Tributaria, es imprescindible incluir la información correcta de nuestra segunda vivienda a la hora de presentar el pago del IRPF. Si esa vivienda está alquilada, los ingresos que obtenemos deberán aparecer en el apartado de rendimientos del capital inmobiliario. Si no se usa, debemos declararlo en el apartado de bienes inmuebles no afectos a actividades económicas.