Madrid
Como cada abril ha llegado el momento de rendir cuentas con Hacienda. La Agencia Tributaria abre este miércoles día 3 el plazo para presentar la declaración del IRPF de 2024. Un ejercicio en el que cambian los niveles de renta que obligan a retratarse ante el fisco, se modifican las deducciones a los propietarios que alquilan su vivienda y se introduce la opción de pagar lo que debemos a Hacienda con tarjeta de crédito o a través de Bizum.
El plazo para presentar la declaración de la renta se abre este miércoles 2 de abril y se extenderá hasta el lunes 30 de junio. Este es el calendario general, aunque hay que tener en cuenta varias fechas clave. Una de ellas es el 25 de junio, que es la fecha límite para presentar la declaración si nos toca pagar y elegimos hacerlo mediante una domiciliación en la cuenta bancaria.
Además, a partir del 6 de mayo se activará el servicio de ayuda telefónica para presentar la declaración. Todos aquellos interesados podrán pedir cita desde el 29 de abril y recibirán una llamada para ayudarles a cumplimentar la declaración.
También se mantiene la opción de acudir presencialmente a una oficina de la Agencia Tributaria. Una opción que se abrirá el 2 de junio pero para la que se puede pedir cita a partir del 29 de mayo.
La campaña de la renta de este año incluye varios cambios que afectan a la obligación de presentar la declaración. La más relevante es que el mínimo que nos exime de retratarnos ante Hacienda ha subido hasta los 15.876 euros (equivalente al salario mínimo de 2024). Todos los que, teniendo dos o más pagadores, no superen esta renta, quedarán exentos. Para los trabajadores que solo tienen un pagador, se mantiene el límite en los 22.000 euros.
A este efecto es importante recordar que, con carácter general, las ayudas recibidas por los afectados por la Dana de octubre están exentas de tributación, por lo que no computan a la hora de calcular cuánto tenemos que pagar.
Y además, pese al cambio legal que entró en vigor el año pasado, el ministerio de Trabajo ha aclarado que no existe obligación de presentar declaración por parte de los parados que cobran la prestación por desempleo.
Una de las novedades que se ha desvelado horas antes de que empiece la campaña es el sistema de devolución del exceso de tributación a los pensionistas de las antiguas mutuas. Hacienda había anunciado que iba a pagar esta compensación a plazos en la declaración de la renta hasta 2028. Pero finalmente ha rectificado y desde mañana habilitará un formulario para que se pueda solicitar cobrar esta devolución de manera íntegra en 2025.
Rellenando el formulario ya no será necesario incluir en la declaración de la renta de este año las cuantías a recuperar.
Una de las novedades relevantes afecta a las deducciones de las que se pueden beneficiar aquellos propietarios que alquilan su vivienda. Hasta ahora, con carácter general, estas deducciones eran del 60%. Pero con la aprobación de la ley de vivienda han cambiado para los contratos que se hayan firmado desde el 23 de mayo de 2023. Y la declaración de la renta de 2024 es la primera en la que se aplican los nuevos coeficientes.
De manera general, para estos nuevos contratos, la deducción baja del 60 al 50%. Aunque se puede aumentar tanto si se alquila la vivienda en las zonas tensionadas bajando el precio, alquilando a jóvenes o si se han hecho reformas en la vivienda.
Otro de los cambios que se empieza a aplicar en esta declaración es un aumento de la reducción por rendimientos del trabajo hasta los 7.302 euros. Un cambio que supondrá que los salarios más bajos tendrán que pagar menos por el IRPF.
La normativa también establece cambio para beneficiar a los contribuyentes que hacen donaciones a una ONG: los primeros 250 euros podrán deducirse en un 80%, y el resto de la donación se beneficiará de una deducción decreciente, pero superior a la actual. Algo que aplicará, entre otras, a la mayoría de las donaciones que se hicieron por la DANA.
Como novedad para este año, la Agencia Tributaria aceptará dos nuevos sistemas de pago: tarjeta de crédito o Bizum. Y se mantienen la opción de pagar con domiciliación bancaria, a través del número de referencia o acudiendo a cualquier sucursal bancaria.
También se mantiene la opción de fraccionar el pago en dos plazos, uno a finales de junio y el segundo a principios de noviembre.
Además de las novedades generales, es importante revisar la larga lista de deducciones que las comunidades autónomas han incluido en el IRPF en los últimos años.
Aquí, en algunas comunidades, existen desde deducciones por la compra de material escolar, por emanciparse de casa de los padres o por invertir en acciones. Incluso por la cuota del gimnasio en la Rioja y en la Comunitat Valenciana.
Las deducciones autonómicas son, normalmente, las grandes olvidadas. Según el sindicato de técnicos de Hacienda Gestha, solo un 13,4% de los contribuyentes aprovecha esta vía para pagar menos a Hacienda.