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Actualidad Gestha

16-03-2025

Claves legales para comprar oro: qué impuestos hay que pagar y cómo almacenarlo

La adquisición del metal precioso está exenta de IVA y la venta entre particulares está sujeta al impuesto de transmisiones patrimoniales

Es el más dúctil y maleable de los metales, pero es también un refugio sólido y seguro para los inversores, especialmente en tiempos de incertidumbre. El oro no ha dejado de subir en los últimos años y ha superado ya los 3.000 dólares por onza. Su atractivo ha aumentado en paralelo y crece el interés por adquirirlo en formato físico, en forma de lingotes, monedas y onzas, pero también a través de fondos especializados o ETF (Exchange Traded Funds). Desde el punto de vista legal, a nivel tributario tiene algunas peculiaridades. Y nunca está de más adquirirlo en el momento adecuado, buscando la máxima rentabilidad con garantías sobre su origen y características.

Son varios los factores que explican que el oro esté por las nubes, aunque todavía le falta para llegar al récord de 1980, cuando la onza se puso en el equivalente a 3.400 dólares de hoy. Su escalada se basa en la clásica ley de la oferta y la demanda: ahora hay más interesados en proteger su poder adquisitivo frente a la volatilidad de los mercados y las tensiones internacionales. Además, su comportamiento suele ser inverso al de los tipos de interés reales: si estos suben, la demanda del metal baja porque los inversores apuestan por activos que les proporcionan una rentabilidad directa. Pero si los tipos reales se recortan, el oro ofrece un blindaje frente a la pérdida de valor de otras inversiones y sube.

La ya elevada fiebre del oro sigue subiendo y se relaciona con el incremento de las reservas de los bancos centrales, aderezado con un toque de geopolítica: hay incertidumbre sobre determinados conflictos bélicos; Rusia, cuyas reservas en dólares están bloqueadas, ha comprado más metal como respuesta a las sanciones por la invasión de Ucrania; y el apetito de China parece insaciable.

Invertir en oro implica una serie de obligaciones legales. La Ley del IVA contempla un régimen especial y define qué es el oro de inversión: se trata de lingotes o láminas de oro de ley igual o superior a 995 milésimas, que deben tener un peso concreto. En esta categoría también entran las monedas de ley iguales o superiores a 900 milésimas, acuñadas después de 1800, que sean o hayan sido moneda de curso legal en su país de origen y que se comercialicen por un precio que no supere en un 80% el valor de mercado del oro. “El oro de inversión está exento de IVA si compras lingotes, láminas o monedas. En cuanto a la venta, si eres un particular y vendes oro de inversión o joyas, el adquiriente debe abonar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP). El incremento de patrimonio sí tributa en el IRPF”, explica Carlos Cruzado, presidente de Gestha, que recalca que las casas de compraventa están sujetas a la Ley de prevención del blanqueo.

Sobre el tipo de gravamen aplicable entre particulares, hubo una controversia sobre la imposición de la compraventa de oro de inversión que llegó al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). “Se produjo la típica comprobación masiva y empezó a haber liquidaciones de ITP. Se discutió en los juzgados, llegó al Tribunal Supremo, que elevó una consulta a Luxemburgo. En la sentencia STS1694/2019 aclaró que abonar Transmisiones Patrimoniales no era contrario a la Directiva del IVA”, recuerda el fiscalista Esaú Alarcón, socio del bufete Gibernau. Sobre las personas que traen lingotes de oro desde otros países, aclara que no hay obligación de declararlo en el modelo 720 de bienes en el extranjero. “Tendrías que declararlo en el Impuesto sobre el Patrimonio si eres declarante y hay diferencias importantes entre comunidades autónomas”, concluye.

Fondos dorados

Como el objetivo es obtener la máxima rentabilidad a largo plazo, detectar el momento adecuado para invertir es clave. De acuerdo con Renta 4 Banco, hay que estar atentos si se prevé que la inflación haga caer el valor de la moneda, teniendo en cuenta factores como la inestabilidad social y política, la caída del mercado de valores o si los bancos centrales anuncian la impresión de más dinero.

Más allá del oro físico están los ETF, productos financieros de cierta complejidad que cotizan en las Bolsas y están directamente vinculados al precio del metal, facilitando la exposición al oro y permitiendo una compra y venta más dinámica. También hay fondos que invierten en empresas vinculadas directa o indirectamente al dorado elemento, por ejemplo, al adquirir acciones de empresas dedicadas a la minería y a la extracción. En todos estos casos, el riesgo está ahí y la inversión estará condicionada por otros factores ajenos al precio del metal, como la gestión de las mineras, sus resultados, sus niveles de deuda, etc. En cuanto al tratamiento fiscal, no hay diferencia. “El subyacente del producto no afecta a lo que es el producto en sí. Es como los fondos inmobiliarios, invierten en inmuebles, pero son fondos de inversión”, aclara Esaú Alarcón.

Si se sigue apostando por el formato físico y se quiere acumular oro tangible, no es conveniente almacenarlo en casa como hacían las abuelas con sus joyas. Ángel Luis Valverde, de la Asociación Española de Asesores Fiscales (AEDAF), señala que “lo habitual es que lo deposites en unas entidades especializadas con almacenes custodiados que te facilitan un documento donde se acredita cuánto oro tienes” y advierte: “Hay que utilizar canales serios, que den garantías de que el origen es legal y tener precauciones. Si hay trazabilidad y control, es una buena inversión”. Como advierte el sabio refranero, a más oro, menos reposo.

https://elpais.com/economia/negocios/2025-03-16/claves-legales-para-comprar-oro-que-impuestos-hay-que-pagar-y-como-almacenarlo.html

 

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