Alberto Galone
En los últimos días ha circulado información alarmante sobre Hacienda. Diversos medios han sugerido que la Agencia Tributaria impone multas de hasta 150.000 euros por retirar o ingresar dinero en efectivo sin justificación.
Sin embargo, esta afirmación es una “interpretación errónea” de la normativa fiscal vigente. Elcierredigital.com ha contactado con Carlos Cruzado, abogado, auditor y presidente del sindicato de técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha)
La Agencia Tributaria ha intensificado la vigilancia sobre las operaciones bancarias para combatir el fraude fiscal y el blanqueo de capitales. “Las entidades financieras están obligadas a informar sobre ciertas transacciones que superan ciertos umbrales específicos”.
Por ejemplo, con ingresos o retiradas superiores a 3.000 euros, los bancos deben notificar a Hacienda. Por otra parte, las operaciones que involucren billetes de 500 euros son objeto de especial atención debido a su potencial vinculación con actividades ilícitas.
“Es importante destacar que estas obligaciones de información no implican sanciones automáticas para los clientes
Las diferentes sanciones que impone Hacienda por fraude
Las sanciones que puede imponer la Agencia Tributaria dependen de la gravedad de la infracción y se clasifican en tres bloques. Carlos Cruzado explica que “aunque se hable de un 150% de penalizaciones, esto no es del todo cierto”.
“Se debe tener en cuenta el importe del fraude. Cuando la base de la sanción no supera los 3.000 euros, la multa puede ser de hasta el 50% de la cantidad no justificada.
También existen sanciones especiales o ‘muy graves’. Cruzado explica que “estas se aplican cuando se emplean medios fraudulentos o se dejan de ingresar cantidades retenidas que se deberían haber declarado. Las multas pueden alcanzar hasta el 150% de la cantidad defraudada”.
“Estos mecanismos siempre han existido y solo son una amenaza para defraudadores”
Carlos Cruzado ha aclarado que “Hacienda siempre ha tenido estos mecanismos para la detección de fraudes. No existe ningún cambio significativo en la normativa o en las multas que impone la Agencia Tributaria”.
Y enfatiza que "las multas solo se aplican si se detecta un fraude, no por el hecho de manejar efectivo". Es decir, la simple acción de retirar o ingresar dinero en efectivo no conlleva una sanción, a menos que se descubra una actividad fraudulenta asociada.
Para evitar posibles sanciones, Cruzado recomienda que los contribuyentes mantengan una documentación adecuada que justifique el origen de los fondos en todas sus operaciones financieras. Esto incluye conservar recibos, facturas y cualquier otro comprobante que respalde las transacciones realizadas. También es importante desmentir que todos los Bizum deban declararse a Hacienda. Este es otro ‘mito’ o ‘bulo’, "los Bizum se declaran si forman parte de tu actividad laboral”.
“Es fundamental que los ciudadanos comprendan cómo funciona realmente el sistema fiscal para evitar caer en el miedo infundado que generan ciertos bulos. Las normativas de Hacienda están diseñadas para combatir el fraude, no para penalizar a quienes realizan movimientos de efectivo dentro de los límites legales”.
La ‘desaparición’ progresiva del uso del efectivo
En un contexto en el que los pagos electrónicos han ganado terreno, cada vez más noticias sugieren que el dinero en efectivo está desapareciendo progresivamente. Países como Dinamarca y Suecia han reducido su uso a mínimos históricos.
Esta tendencia se refleja en la expansión de los pagos electrónicos y el endurecimiento de las normativas sobre transacciones en efectivo. "Los bancos tienen la obligación de informar a Hacienda sobre determinados movimientos, pero no se debe confundir con que se sancione a alguien por retirar su propio dinero", recuerda Cruzado.
https://elcierredigital.com/investigacion/bulos-sobre-hacienda-verdad-sobre-retiradas-efectivo