Denuncian que no corresponde a una rebaja del 21%, como podría parecer
Por estas fechas, muchos comercios, y especialmente las grandes compañías, recurren a distintos tipos de ofertas para atraer a los clientes. Una de las más conocidas son los "días sin IVA", en los que se promete al consumidor descuentos que consisten en eliminar este impuesto de la factura. "Cosa que, lógicamente, es falsa. Se trata de publicidad engañosa para el consumidor y que mina la conciencia tributaria en nuestro país", denunciaron desde el sindicato técnicos de Hacienda (Gestha) y otras muchas plataformas o asociaciones que llevan años intentando que se prohíba por ley esta campaña de descuentos.
Estas campañas empezaron con algunas grandes marcas que prometían a los consumidores "ahorrarse" el IVA en determinados días, dando muchas veces lugar a confusión, puesto que tanto el consumidor como la marca siguen estando sujetos a este impuesto. "Lo que se hace es un descuento, que además no suele ser del 21%, sino de poco más del 17%. Sin embargo, muchas empresas reconocen que es mucho más efectivo prometer la eliminación de este impuesto que ofrecer un descuento más elevado al consumidor", explicó a a este diario José María Mollinedo, secretario técnico de Gestha,
Según explicó Mollinedo, este tipo de promoción llegó hace casi una década a España y, desde entonces los técnicos de Hacienda han advertido del riesgo que conlleva dar a entender al consumidor que es posible eliminar el IVA de una compra. "Esta práctica que llevan a cabo algunos comercios, pero especialmente grandes compañías, es engañosa, supone un descuento más pequeño de lo que parece y además podría incentivar el incumplimiento de las obligaciones tributarias".
Estos descuentos, que atraen al consumidor prometiendo "evitar" un impuesto, son en realidad ofertas menos atractivas de lo que parecen y terminarían suponiendo una competencia desleal para muchos pequeños negocios. "De hecho, lo que se suele hacer es descontar el porcentaje de IVA de la base imponible, por lo que al final la rebaja no es ni si quiera del 21%, sino de apenas un 17%", apuntó José María Mollinedo.
La propia compañía Media Markt, primera empresa en traer los días sin IVA a España, explica en su propia página web que "el IVA se descuenta de la base imponible del producto. La forma más sencilla de calcular el importe del producto con el descuento es dividir el precio actual entre 1,21".
De este modo, un consumidor que viera una promoción consistente en "eliminar el IVA" podría suponer que está ante un descuento del 21%. Sin embargo, la rebaja en realidad termina siendo inferior.
Si por ejemplo a un producto con un valor de 100 euros se le aplicara un 21% de descuento, el precio final sería 79 euros. Sin embargo, con la fórmula que propone Media Markt, el resultado de dividir 100 por 1,21 serían 82,6 euros. Esto supondría una rebaja de menos del 18%.
A pesar de que, según Gestha y distintas plataformas y asociaciones, los días sin IVA suponen muchas veces "un engaño al consumidor" y "minan la conciencia tributaria del consumidor", lo cierto es que la promoción sigue siendo legal.
Según explicó José María Mollinedo, la mayoría de marcas utilizan la letra pequeña para, por un lado, explicar que el descuento se aplica sobre la base imponible y no en el precio final. Y además, se reconoce que el descuento no es en realidad una supresión del IVA sino un "descuento equivalente".
Por ello, tanto Gestha como otras asociaciones de autónomos han pedido en numerosas ocasiones al Gobierno que prohíba utilizar el IVA como campaña de descuentos.
Ya hace siete años, en 2017, se llevó al Pleno del Congreso de los Diputados una proposición no de ley que instaba al anterior Gobierno a tomar medidas contra el día sin IVA. En esta proposición la mayoría de la Cámara instó al Gobierno a revisar las leyes publicitarias para prohibir todas las promociones con frases que anuncien "cualquier tipo de campaña sin IVA”.
Sin embargo, de momento ni el anterior ni el actual Gobierno han prohibido este tipo de publicidad. El Ministerio de Consumo sólo ha incentivado a las empresas a que se "auto-regulen" y que dejen de utilizar este tipo de campañas por responsabilidad social.
A pesar de que las leyes publicitarias todavía no han limitado las campañas que utilizan el IVA como gancho para atraer a los consumidores, la normativa sí recoge desde hace años la importancia de que los anuncios sean transparentes y veraces. De hecho, el Tribunal de Justicia Europeo emitió recientemente una sentencia que recuerda la prohibición de poner en marcha rebajas con falsos descuentos, calculados a partir de precios que se han subido expresamente para simular una bajada mayor.
El Tribunal europeo emitió el fallo C-330/23 el pasado 26 de septiembre de 2024, donde refuerza la normativa existente y establece que los anuncios de rebajas de un producto tanto si se hacen en forma de porcentaje, como destacando el precio anunciado y su carácter ventajoso, deben realizarse en base al precio más bajo de los últimos 30 días, y no al inmediatamente anterior.
Con esta normativa lo que se pretende es evitar la mala praxis de algunos grandes comercios y distribuidores que, a veces, por ganar margen y otras presionados por la época de ofertas suben los precios unos pocos días antes de la fecha de rebajas y luego los bajan para aparentar una mayor reducción sobre el precio del producto. Algo que según Carlos Moreno, portavoz de la Confederación Española del Comercio (CEC) "está cada vez más extendido, tanto en negocios presenciales como online".
Además, desde octubre del pasado año, se han intensificado por parte de la Inspección los esfuerzos de vigilancia sobre las prácticas comerciales en el comercio electrónico, implementando una herramienta denominada Price Reduction Tool, proporcionada por la Comisión Europea. Esta herramienta permite la monitorización diaria de más de 1.000 productos (en concreto 1.140), permitiendo a las autoridades detectar y registrar variaciones sospechosas en los precios.
Como se recoge en el artículo 47 de la Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios clasifica las “falsas rebajas” como prácticas desleales. Y las infracciones graves derivadas de estas prácticas pueden ser sancionadas con multas de hasta 100.000 euros o, en casos más extremos, hasta seis veces el beneficio obtenido mediante el fraude. Penalizaciones severas, diseñadas para disuadir a las empresas de recurrir a tácticas engañosas y para proteger la integridad del mercado.