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Actualidad Gestha

15-12-2022

Así es como lucha Hacienda contra la economía sumergida

Plaza Mayor de Madrid (Dreamstime).

  • La economía sumergida supone casi el 20% del PIB español, según el FMI

  • En el caso de la Unión Europea la media es de en torno al 13%

  • Hacienda tiene varias formas de vigilar de cerca el efectivo

 

Madrid  15/12/2022 - 10:07

La economía sumergida representa todas las operaciones que no se declaran a la autoridad fiscal, por lo que la Agencia Tributaria no tiene constancia de su existencia. Los miles de millones de dinero que forman parte de esta no se reflejan en el Producto Interior Bruto del país, y Hacienda la ha declarado como competencia desleal e ilegal, pues dentro de la economía sumergida se incluyen numerosos casos de evasión fiscal.

Sin embargo, su atractivo seduce a empleadores y empleados por igual. Gracias a ella los primeros se ahorran tributos y llevan a cabo su actividad de manera más económica, mientras que a los segundos les facilita desarrollar otras actividades profesionales, y cobrar subsidio de paro mientras reciben su salario 'en negro'.

Además, las elevadas tasas de desempleo que acostumbran a acompañar a la economía española, así como la percepción de que los impuestos son muy elevados, son algunas características clave que animan a muchas personas a decantarse por la economía sumergida.

¿Cuál es su impacto?

La Fundación Cajas de Ahorro (FUNCAS) llevó a cabo un estudio en el que se muestra que la economía sumergida española, que era de alrededor del 12,5% entre 1980 y 1985, aumentó hasta cerca del 23,7% en 2011. Además, los técnicos de Hacienda calcularon en 2012 que tan solo la rebaja de un 10% en esta actividad fraudulenta habría equivalido a aportar 28.000 millones de euros anuales más a las arcas públicas.

Actualmente se estima que la economía sumergida equivale a alrededor del 20% del PIB español, de acuerdo con el Fondo Monetario Internacional (FMI). Este dato supera con creces a la tasa promedio de la Unión Europea, que se sitúa en el 13%.

Se debe añadir que el principal motivo de que los estudios sobre la economía sumergida no provengan de ministerios se debe a que centros de estudios, organismos económicos o grupos de inspectores de Hacienda han priorizado más este tipo de competencia desleal que las instituciones estatales principales. En el caso del trabajo del Instituto de Estudios Económicos (IEE), los datos muestran grandes diferencias entre Comunidades Autónomas. Por ejemplo, según esta pesquisa en Extremadura el porcentaje de la economía sumergida sobre su PIB sería de casi el 30%frente al 16% de Madrid.

El efectivo guardado en casa

Por otro lado, Hacienda reconoce varias situaciones en las que sospechará si los ciudadanos deciden guardar su dinero en efectivo en sus hogares. La primera se relaciona con el billete de 500 euros, que ya no se emite al haber sido vinculado con la financiación del terrorismo y el blanqueo de capitales. Y es que cualquier situación en la que un individuo se sirva de uno de estos ejemplares llamará la atención de Hacienda. La segunda son las retiradas de dinero de cuentas bancarias por un importe que iguale o supere los 3.000 euros, otro movimiento que levantará sospechas en el fisco.

Pero no existe un límite legal a partir del cual sea imperativo declarar una actividad a Hacienda. Eso sí, las entidades bancarias tienen la obligación de informar al organismo, según indica la Ley General Tributaria. Así, el fisco puede pedir una explicación al banco o a su cliente sobre el origen o destino del dinero en movimiento.

Quienes llenan sus carteras de billetes

Actualmente existen diversas maneras de efectuar pagos electrónicos, pero todavía hay muchos ciudadanos que prefieren guardar sus ingresos en forma de billetes, transportándolos en sus carteras, lo que la Agencia Tributaria regula de forma separada.

Igualmente, Hacienda alega la posibilidad de financiación del terrorismo o blanqueo de capitales, y obliga al ciudadano a declarar el dinero que lleve consigo si su importe es igual o superior a 10.000 euros (o equivalente en divisa extranjera), ante la entrada o salida de ese capital del territorio nacional. Si circula por España, entonces el límite para declarar el efectivo asciende hasta los 100.000 euros o equivalente. Para los casos de 10.000 y 100.000 euros de efectivo, se debe rellenar un formulario modelo S1.

El caso de los autónomos

Es común que estos trabajadores por cuenta propia se sirvan del efectivo como vía principal de ingresos. Esta situación se acentúa en el caso de pequeños negocios, pero también en trabajos donde el pago suele ser al instante y en persona, por ejemplo en el domicilio de un comprador.

El Plan Anual de Control Tributario marca los distintos grados de supervisión según los tipos de autónomos. Y es que para la Agencia Tributaria se considera "un sector o modelo de negocio con alto riesgo de existencia de economía sumergida".

Tal y como indica Autónomos y Emprendedores, los sectores en los que más se vigila a estos trabajadores son hostelería y restauración, los dedicados al comercio, quienes mantienen su negocio en el sector de las reformas, la construcción, los trabajadores de actividades inmobiliarias y los empleados en el sector de recogida de fruta.

https://www.eleconomista.es/economia/noticias/12073204/12/22/Asi-es-como-lucha-Hacienda-contra-la-economia-sumergida-.html

 


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